Calificó de ilícita la actividad de la online

Ryanair, condenada a pagar a Atrápalo 40.000 euros por competencia desleal

Obliga a la aerolínea al cese de actuaciones denigratorias

Publicada 08/11/12 -Actualizada 15/07/18 23:30h
Ryanair, condenada a pagar a Atrápalo 40.000 euros por competencia desleal

La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a Ryanair a indemnizar con 40.000 euros a Atrápalo por "competencia desleal", tras rechazar el recurso interpuesto por la low cost, fallo que viene a ratificar una sentencia anterior.

En la sentencia, dictada el pasado 10 de octubre, se indica que Ryanair incurrió "en un acto de competencia desleal" al calificar de "ilícita" la actividad de Atrápalo, a la que se refirió como "parásitos del sector", y acusó de "cobrar de más por los billetes" vendidos de la aerolínea.

Asimismo, obliga a Ryanair a que cese en las actuaciones denigratorias por ser ilegales y la obliga a publicar el fallo de dicha sentencia en la prensa, en respuesta a la publicidad empleada por la aerolínea en contra de las agencias de viajes 'online'.

Al respecto, el director general de Atrápalo, Manuel Roca, consideró "un acierto" que la justicia se pronuncie a favor de "la transparencia y del derecho de los consumidores a acceder a toda la oferta de vuelos, consiguiendo así el beneficio del mejor precio".

El fallo ratifica así la sentencia del Juzgado Mercantil número 4 de Barcelona, del 2 de septiembre de 2010, en la que se establecía que la aerolínea irlandesa incurrió en actos de "competencia desleal" en 2008, cuando amenazó con cancelar los billetes de los pasajeros que los hubieran adquirido por mediación de la agencia de viajes online.

El juzgado mercantil consideró entonces pertinente que Ryanair informe de los costes de gestión que "legítimamente" cobran las agencias a sus clientes porque "esta actividad no cuenta con el consentimiento de la aerolínea e interfiere directamente en su estrategia de mercado".

La Audiencia considera además que la campaña lanzada por Ryanair durante la temporada de verano de 2010 denigró ilícitamente la imagen de la agencia online con publicidad "ilícita", lo que constituye un acto de "competencia desleal". En dicha campaña, Ryanair amenazó con cancelar sin reembolso aquellos billetes que se adquiriesen a través de Atrápalo o de otras agencias de viajes online, a las que llegó a calificar de "bastardos que dañan a los clientes".

Contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que condena a Ryanair al pago de las costas del recurso, cabe interponer recurso de casación y/o extraordinario en el plazo de 20 días a partir de su notificación a las partes.

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