El actual es más rígido que la propia normativa aplicable

ABTA suavizará su código de conducta frente a retrasos

Para evitar los perjuicios económicos provocados por causas de fuerza mayor

Publicada 02/06/11
ABTA suavizará su código de conducta frente a retrasos
  • El código actual de ABTA establece que han de proceder a devoluciones ante retrasos de 12 horas o más

La Asociación Británica de Agencias de Viajes (ABTA) trabaja en la modificación de su Código de Conducta respecto a las devoluciones o recolocaciones en caso de retrasos por motivo ajenos al control de sus asociados para tratar de reducir la repercusión económica que les supone.

Esta decisión responde a las peticiones de sus asociados, que quedaron muy afectados por los retrasos producidos especialmente en el aeropuerto de London Heathrow el pasado diciembre, o anteriormente con motivo de la nube de cenizas volcánica en abril de 2010, ya que tuvieron que devolver el dinero a centenares de clientes de paquetes vacacionales. El código actual de ABTA establece que han de hacerlo ante retrasos de 12 horas o más.

Sin embargo, la asociación está de acuerdo en que no se puede pedir esto a agencias y turoperadores si no tienen la culpa del retraso, al tratarse se “fuerza mayor” y de ahí que prepare una modificación que estaría vigente a finales de año.

La abogada de ABTA, Paula Macfarlane asegura que la orientación del código será clarificada para que sus miembros no tengan que responder más a estas situaciones. Por otro lado, la asociación continúa luchando por que la reforma del sistema ATOL en la que sigue trabajando el Gobierno británico, incluya la obligación de las aerolíneas a someterse al mismo sistema de garantía financiera que el sector de la distribución turística.

En cualquier caso, según la Package Travel Regulation, la normativa aplicable a los paquetes turísticos, agencias y turoperadores están obligados a realizar devoluciones en caso de alterar significativamente el viaje de sus clientes, pero el código de ABTA va más allá –al establecer además ese plazo de 12 horas- y esto está afectando a las finanzas de sus miembros.

ACAV ha pedido una modificación a nivel europeo

En noviembre pasado la Agrupación Europea de Asociaciones Nacionales de Agencias de Viajes (ECTAA) aprobó el respaldo a la petición de la Asociación Catalana de Agencias de Viajes (ACAV) de modificar la Directiva sobre viajes combinados en relación a las actuaciones de la agencia en supuestos de "fuerza mayor", y que según la asociación española han sido cada vez más frecuentes, ocasionando graves perjuicios a las agencias.

La Directiva europea 13/90 sobre viajes combinados establece que si antes de la salida se produce una modificación sustancial del contrato de viaje combinado, o el organizador se ve obligado a cancelar, el consumidor afectado puede escoger entre otro viaje combinado de calidad equivalente o superior o el reembolso del importe abonado. Pero no establece excepciones por causa de fuerza mayor", de modo que si el cliente se lo exige el turoperador está obligado a reembolsarle el 100%, aunque las causas les sean totalmente ajenas.

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