Por un importe mínimo de 7,3 M €

Adif licita un proyecto hotelero en la estación de Cádiz

Publicada 04/06/16 -Actualizada 03/07/18 22:58h
Adif licita un proyecto hotelero en la estación de Cádiz

El Consejo de Administración de Adif ha aprobado la licitación del desarrollo, construcción y explotación de un inmueble destinado a la actividad hotelera en la estación ferroviaria de Cádiz, operación adscrita al Plan Plaza de Sevilla para la ordenación de la referida estación y su área de influencia.

Es fruto del convenio de colaboración firmado en 2008 entre Adif, la Consejería de Obras Públicas y Transporte de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Cádiz.

En una nota, Adif explicó que dicho convenio, en cuyo texto se delimitan las parcelas para la gestión y reordenación de la estación de Cádiz y determina, dentro de la parcela de uso ferroviario, un uso lucrativo de 11.950 metros cuadrados para hotel, tiene como objetivo completar la integración urbana del ferrocarril en la ciudad de Cádiz, mediante la reordenación y urbanización de los terrenos susceptibles de ser desafectados del servicio ferroviario de interés general.

El importe mínimo de la licitación asciende a 7.363.106,3 euros (IVA incluido), cantidad que se corresponde con la renta fija mínima garantizada durante el período de vigencia del contrato, establecido por 30 años.

Con esta actuación, la estación de Cádiz se unirá a otras terminales ferroviarias que cuentan con un establecimiento hotelero integrado en sus instalaciones como es el caso de Madrid-Chamartín, Barcelona Sants, Málaga-María Zambrano, Zaragoza-Delicias, o Lleida; entre otras. El hotel se construirá sobre el nuevo vestíbulo, finalizado en el año 2007 y preparado en su estructura para levantar un edificio sobre el mismo.

Adif licita un proyecto hotelero en la estación de Cádiz

Características de la licitación

La adjudicación del concurso recaerá en la oferta económicamente más ventajosa para Adif, entendiéndose por tal aquella con la mayor renta fija mínima garantizada ofertada por el total de la vigencia del contrato. El adjudicatario realizará el desarrollo del proyecto, construcción y explotación del inmueble destinado a la actividad mencionada, en la estación de Cádiz.

Por su parte, Adif procederá al arrendamiento del inmueble al adjudicatario para su explotación por un plazo de 30 años. Pasado ese período, el adjudicatario entregará el edificio a Adif como contraprestación parcial por el derecho de uso durante ese espacio de tiempo. Queda excluido expresamente el equipamiento, que será de titularidad del adjudicatario.

La construcción, explotación, mantenimiento y conservación del hotel, durante el periodo previsto, será responsabilidad exclusiva del adjudicatario. En cualquier caso, el desarrollo, construcción y la gestión del hotel deberá ser compatible con el Servicio Público Ferroviario, que será exclusiva competencia de ADIF tanto en su definición como en su desarrollo. No serán objeto de la licitación la explotación de las zonas y espacios necesarios para el Servicio Público Ferroviario.

El contrato estará sujeto a la condición de que el adjudicatario obtenga, en el plazo de 18 meses, ante el Ayuntamiento y, en su caso, Comunidad Autónoma, las licencias administrativas que exija el ordenamiento jurídico para que pueda comenzar la ejecución de las obras conforme al proyecto de ejecución, así como las licencias necesarias para la apertura del hotel.

Dicho contrato quedaría resuelto si, una vez transcurrido el plazo previsto para la obtención de las referidas licencias, las mismas no se hubiesen obtenido.

Fases del contrato

En el contrato que se celebre entre Adif y el adjudicatario, se distinguen tres fases, siendo la primera de desarrollo. Esta abarca desde la firma del contrato, el periodo de elaboración de los proyectos del hotel y la obtención de las autorizaciones y licencias necesarias para el desarrollo del mismo, que en todo caso no podrá superar los 18 meses desde la fecha de firma del contrato de adjudicación.

Una segunda de construcción, que comprende el periodo desde la finalización de la fase de desarrollo hasta la finalización de las obras de construcción y entrega del hotel a Adif. En ningún caso dicha fase podrá superar los 24 meses desde la fecha de finalización de la fase de desarrollo.

Una tercera de explotación del hotel, que abarca el periodo de 30 años a partir de la fecha de firma del contrato de arrendamiento, aunque el inicio de la explotación se produzca de forma parcial.

El periodo de 30 años comenzará su vigencia desde la entrega de posesión del hotel a Adif y simultánea firma del contrato de arrendamiento. Transcurridos tres meses desde la entrega sin haberse producido la apertura, el adjudicatario deberá abonar a Adif la renta correspondiente, de acuerdo con la oferta formulada por el mismo.

En todo caso, transcurridos nueve meses desde la entrega sin haberse producido la apertura, Adif podrá resolver el contrato de arrendamiento, recuperando la posesión del inmueble, con los efectos económicos e indemnizatorios previstos en el pliego de condiciones.

Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta

Inicia sesión
Comentarios 0

Esta noticia no tiene comentarios.