Mantiene el escalafón único

Recorte salarial del 40% para los nuevos pilotos de Iberia, según el laudo

Limita la capacidad de Express al 25% de la oferta de su matriz

Publicada 27/12/12 -Actualizada 15/07/18 23:30h
Recorte salarial del 40% para los nuevos pilotos de Iberia, según el laudo

Los nuevos pilotos que se incorporen a Iberia tendrán una reducción salarial del 40% de media, según recoge el nuevo laudo emitido por Jaime Montalvo, de forma que un nuevo copiloto percibirá entre 28.000 y 38.000 euros al año, frente a los 88.000 que cobra actualmente en su nivel más bajo. De hecho, los pilotos de Iberia se habían mostrado dispuestos a bajar el sueldo hasta un 51% de nuevos contratados, según publicó HOSTELTUR noticias de turismo.

Iberia Express es “legal” y los pilotos tendrán que bajarse el sueldo un 10%. Ésas eran las principales conclusiones del primer laudo de Jaime Montalvo, tras anular la Audiencia Nacional el laudo arbitral entre Iberia y sus pilotos.

Ahora el tope salarial para los copilotos que operan en Express, con un límite de actividad de 14 años de antigüedad, será de 78.408 euros anuales, según el dictamen de Montalvo al que ha tenido acceso Europa Press.

El laudo de Iberia vincula los incrementos salariales de pilotos de Iberia y Express para 2013 y 2014 al resultado neto de explotación de la matrizEl laudo de Iberia vincula los incrementos salariales de pilotos de Iberia y Express para 2013 y 2014 al resultado neto de explotación de la matriz

El árbitro defiende que si Iberia reduce el número de copilotos en la matriz, al transformarse en pilotos en su paso a Express, y la compañía cubre estas bajas en Iberia con nuevas contrataciones a costes más bajos el ahorro es “muy relevante”.

Tomando como referencia un informe de Deloitte aportado por Express, señala que un piloto de Iberia que ingrese en enero de 2013 cobraría 34.400 euros el primer año y 79.120 euros al cumplir seis años de antigüedad.

Asimismo vincula los incrementos salariales de pilotos de Iberia y Express para 2013 y 2014 al resultado neto de explotación (Ebit) de la matriz, con un incremento máximo del 1,5% si se superan los 150 millones de euros. Hasta septiembre Iberia acumulaba unas pérdidas operativas de 262 millones de euros, según se recoge en 'Los beneficios de Iberia-British caen un 98%, de 365 millones a seis millones de euros'.

Legalidad de Iberia Express

Montalvo reconoce en su nuevo laudo la facultad de Iberia para constituir las empresas que estime convenientes para el mejor desarrollo de su actividad y, en concreto, a Iberia Express como “entidad empresarial con plena autonomía de gestión”, pero pone límites a su desarrollo.

Concretamente, Iberia Express tendrá que limitar su capacidad al 25% del número total de asientos por kilómetros operados (AKO) ofertados por Iberia Operadora, la matriz. Tampoco podrá efectuar rutas de largo radio, es decir, vuelos de más de seis horas.

Escalas de 35 minutos

Las escalas de los vuelos se reducen a 35 minutos en el corto y medio radio, lo que lleva consigo un aumento de la carga de trabajo y de las responsabilidades de la tripulación. Contempla la posibilidad de establecer bases fuera de Madrid, sin coste adicional para la empresa, para aquellos pilotos que acepten ser adscritos a ellas de forma voluntaria.

El segundo laudo de Montalvo, emitido el pasado 21 de diciembre, tendrá una vigencia de dos años, hasta el 31 de diciembre de 2014. Sin embargo, establece un ámbito de vigencia temporal extendiendo la del VII convenio colectivo de pilotos, y teniendo en cuenta que se están planteando negociaciones para un plan de viabilidad en la compañía.

El árbitro recomienda a Iberia que desista de la demanda de conflicto colectivo presentada ante la Audiencia Nacional el pasado 2 de marzo, aún pendiente de resolución, y al Sepla que no convoque huelgas durante su vigencia. Asimismo confía en que el laudo sea “un punto de partida, no de llegada”.

Único escalafón

Como ya hiciera en el primer laudo, Montalvo vuelve a establecer un único escalafón de pilotos, que podrán operar en dos compañías diferentes con normas de gestión y condiciones también diferentes.

Asimismo propone crear una Comisión de Resolución de Conflictos, como también hacía en el primer laudo, que estará compuesta por cinco miembros: dos designados por la empresa, dos por los representantes del Sepla y un quinto miembro independiente, elegido de mutuo acuerdo por las partes. Si transcurridos dos meses desde la emisión del laudo no hay acuerdo, será designado por el árbitro.

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