En la Unión Europea

Autorizan el uso de escáneres corporales con salvaguarda

La nueva normativa entrará en vigor a mediados de diciembre próximo

Publicada 14/11/11
Autorizan el uso de escáneres corporales con salvaguarda
  • El pasajero tendrá el derecho a decidir si acepta el escáner o si prefiere un método de control alternativo

La Comisión Europea (CE) ha aprobado la normativa que autoriza a los aeropuertos de la Unión Europea (UE) el uso de los polémicos escáneres corporales para los controles de seguridad de los pasajeros, con el objetivo de prevenir ataques terroristas. No obstante, la nueva legislación europea prevé salvaguardas para proteger la salud e intimidad de los viajeros.

Así lo ha anunciado el comsidario de Transportes, Siim Kallas, quien ha afirmado que cada país es libre de introducir o no los escáneres, pero ha dejado claro que "estas nuevas reglas garantizan que donde se use esta nueva tecnología, su utilización esté cubierta por los estándares de la UE sobre capacidad de detección y con salvaguardas estrictas para proteger la salud y los derechos fundamentales de los pasajeros".

La nueva normativa establece que los pasajeros tendrán derecho a rechazar el paso por un escáner corporal y a elegir métodos de control alternativos. Los Estados miembros y los aeropuertos no están obligados a introducir estos nuevos instrumentos de control, pero si lo hacen deberán cumplir las reglas europeas.

La norma ha sido respaldada por la Eurocámara y los Gobiernos, y entrará en vigor a partir de mediados de diciembre, 20 días después de su publicación en el diario oficial de la UE probablemente mañana, según ha precisado la portavoz de la Comisión de Transportes, Helen Kearns.

Actualmente, Reino Unido y Países Bajos ya utilizan de forma regular escáneres corporales en algunos de sus aeropuertos. Otros países como Finlandia, Alemania, Francia e Italia han realizado pruebas, desde el 25 de diciembre del año 2009 un terrorista intentó hacer estallar con explosivos plásticos que escondía en su ropa interior un avión que volaba la ruta entre Amsterdam y Detroit.

La posición de España ha sido la de no introducir los escáneres corporales hasta que hubiera una norma común de la UE.

Salvaguardas obligatorias

La nueva legislación autoriza a los Estados miembros y a los aeropuertos a sustituir los actuales sistemas de seguridad por escáneres corporales. También impone una aplicación uniforme de las reglas de seguridad en todos los aeropuertos y fija "salvaguardas estrictas y obligatorias" para la protección de la intimidad y la salud para aquellos pasajeros que así lo deseeen.

"Los escáneres de seguridad no son la panacea, pero ofrecen una posibilidad real de reforzar la seguridad de los pasajeros. Son una alternativa valiosa a los actuales métodos de control y son muy eficientes a la hora de detectar objetos tanto metálicos como no metálicos", ha dicho el comisario Kallas en un comunicado. Sostiene que "la experiencia hasta la fecha muestra que los pasajeros y el personal generalmente ven los escáneres de seguridad como un método conveniente de control", ha sostenido.

Prohíben almacenar imágenes

La nueva legislación de la UE prohíbe asimismo almacenar, retener, copiar o imprimir las imágenes y obliga a adoptar medidas para evitar cualquier acceso o uso no autorizado de las mismas. Además, el responsable de seguridad que esté revisando las imágenes deberá estar en una ubicación separada del lugar donde se encuentran los pasajeros.

Los viajeros deberán ser informados de las condiciones en las que se lleva a cabo el control con escáneres corporales y tendrán la posibilidad de solicitar un método de control alternativo. Con estas medidas, Bruselas considera que la legislación respeta la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. Para no poner en riesgo la salud de los pasajeros, sólo se autorizarán escáneres que no usen tecnología de rayos X.

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