Se consolidarán en tres años

IAG concede acciones al nuevo CEO de Iberia en línea con otros consejeros

Publicada 24/05/13 -Actualizada 15/07/18 23:30h
IAG concede acciones al nuevo CEO de Iberia en línea con otros consejeros

El International Consolidated Airlines Group (IAG), holding de British Airways (BA) e Iberia, ha concedido al consejero delegado de la aerolínea española, Luis Gallego, derechos condicionados sobre acciones de la sociedad; según lo ha notificado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

El número de derechos otorgados al ejecutivo de Iberia asciende a 273.198, dentro del Plan de Acciones de Desempeño de IAG (PSP), concesión que queda sujeta, en todo caso, a la aprobación por parte de la junta de accionistas, que se celebrará en junio.

Con la concesión de estos derechos, el paquete retributivo de Gallego estará en línea con el de los otros consejeros ejecutivos de IAG, señala el grupo, en los mismos términos que los aplicables en 2013 bajo el PSP, otorgados al consejero delegado del holding, Willie Walsh, y al consejero delegado de BA, Keith Williams.

IAG concede derechos sobre acciones al nuevo CEO de Iberia IAG concede derechos sobre acciones al nuevo CEO de Iberia

A principios de marzo, IAG concedió a ocho directivos una retribución en acciones del grupo que suponen un total de 2,6 millones de derechos sobre acciones que se consolidarán al final de un periodo de tres años en la medida en que se cumplan los requisitos determinados, que al precio actual del mercado ascendería a 8,3 millones de euros.

Los derechos concedidos a Gallego no se consolidarán hasta transcurridos tres años, a contar desde la fecha de concesión, y estarán sujetos al cumplimiento de una serie de condiciones de desempeño.

Concretamente, la consolidación del 50% de los derechos estará supeditada a la evolución del retorno total para el accionista de IAG respecto a la evolución del índice del resto del sector y el 50% restante, al cumplimiento del objetivo del beneficio de la acción.

Para cada una de estas dos condiciones tendrá que alcanzar un nivel mínimo de desempeño respecto a la evolución del retorno total para el accionista y el 10% bajo el beneficio por acción. Igualmente, la consolidación máxima de estos derechos solo tendrá lugar con la consecuión de un exigente nivel de desempeño.

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