Ante el recurso de la agencia online

La Agencia Catalana de Consumo, obligada a devolver a Destinia el importe de dos sanciones

Publicada 23/10/14
La Agencia Catalana de Consumo, obligada a devolver a Destinia el importe de dos sanciones

La Agencia Catalana de Consumo sancionó a Destinia por un importe de 12.200 euros por supuestas carencias en la información en su web. La online recurrió y ahora un Juzgado da la razón a Destinia y obliga a la entidad pública a devolver ese importe más intereses.

Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona acaba de dar la razón a Destinia en su recurso contra la Agencia Catalana de Consumo después de varios años de pleitos. La disputa se remonta a finales del año 2010, cuando el ente abrió un expediente sancionador a Destinia por supuestas carencias relacionadas con la información que se facilitaba en su página web. “Ha habido un tiempo en el que las empresas de Internet hemos sido acosadas por la Administración por no entenderse nuestro modelo de negocio y seguir aplicando leyes pensadas para el mundo offline”, señala Amuda Goueli, CEO de Destinia.

Destinia agotó la vía administrativa y planteó el recurso contencioso en el año 2012 tras abonar dos sanciones. Ahora, la Justicia ha estimado el mismo al reconocer que el artículo 30 del Estatuto del Consumidor de Cataluña es nulo e inconstitucional, según la sentencia 166/2012 del Tribunal Constitucional, por vulneración del artículo 25.1 de la Constitución.

Según Alberto Cejo, abogado de Tourism & Law y representante de Destinia en el procedimiento judicial, se ha aplicado con criterio la jurisprudencia del Constitucional que entiende la necesidad de que la ley predetermine suficientemente las infracciones y las sanciones “sin dejarla a la total discrecionalidad administrativa ni sujeta a criterios ambiguos. Las leyes que remiten la calificación de las infracciones como leves, graves o muy graves a un órgano administrativo no garantizan mínimamente la seguridad jurídica de los ciudadanos”.

El resultado es que el juzgado Contencioso-Administrativo barcelonés declara “no ajustada a derecho la resolución dictada en el expediente sancionador de la agencia Catalana de Consumo”. Anula la resolución y declara el derecho de Destinia a que se anule también la sanción impuesta y se devuelvan las cantidades abonadas más los intereses correspondientes. En total, 12.300 euros más otros 1.200 euros de intereses, según estimaciones de la asesoría legal.

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