Aprobada la norma que facilita el tránsito de los pasajeros aéreos con movilidad reducida

Publicada 12/06/06
Aprobada la norma que facilita el tránsito de los pasajeros aéreos con movilidad reducida
El Consejo de Ministros de Transportes de la UE ha aprobado definitivamente el reglamento que mejora el acceso a los aviones y aeropuertos de los pasajeros con movilidad reducida, de quienes no se podrá rechazar el embarque y que además dispondrán de un servicio de asistencia gratuito.
La norma entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE. Sólo se podrá negar el embarque por razones de seguridad o por falta de capacidad del aparato, pero en ese caso la compañía debería dar a la persona afectada la posibilidad de coger otro vuelo o de recuperar su dinero. Para recibir el servicio de asistencia, los pasajeros deberán avisar a la compañía con un mínimo de 48 horas de antelación. Ese servicio será responsabilidad del aeropuerto, que sin embargo, lo podrá sacar a concurso para que lo preste otra sociedad. Además se aplicará una tasa para financiar los servicios a estas personas, que pagarán las aerolíneas en función del número de pasajeros que transporten. La asistencia de estas personas a bordo de los aviones seguirá siendo competencia de las compañías aéreas. El objetivo de esta nueva normativa, que la Comisión Europea presentó en febrero del pasado año, es igualar los derechos de las personas que sufren una movilidad reducida con los del resto de los pasajeros. Para conseguir esa igualdad, según el reglamento, es preciso prestar a los usuarios con estos problemas una asistencia que satisfaga sus necesidades particulares en los aeropuertos y a bordo de los aviones y el objetivo de inclusión social "exige que esta asistencia no conlleve costes adicionales". La asistencia deberá permitir a las personas afectadas desplazarse dentro del aeropuerto y hasta el avión y para ello se designarán puntos específicos en las entradas principales de los edificios de las terminales, en las zonas de facturación, estaciones de tren, metro y autobús, y demás puntos de llegada de pasajeros. Esa ayuda deberá organizarse de modo que no genere retraso alguno, que tenga un nivel de calidad elevado y homogéneo en toda la UE y que haga el mejor uso posible de los recursos, agrega el texto. Esta nueva norma afectará a los aeropuertos que registren un movimiento superior a 150.000 pasajeros al año. Los Estados miembros deberán llevar a cabo campañas de información para que las personas con movilidad reducida conozcan las disposiciones del reglamento.
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