[b]Desconvocan la huelga[/b] Iberia alega causa de "fuerza mayor" para no indemnizar a los pasajeros afectados

Publicada 13/07/06
[b]Desconvocan la huelga[/b]          Iberia alega causa de "fuerza mayor" para no indemnizar a los pasajeros afectados
El reglamento CE 261/04 establece compensaciones de entre 250 y 600 euros por cancelación de vuelos a los pasajeros, salvo que existan "circunstancias extraordinarias". Iberia se acoge a esta última disposición y considera causa de "fuerza mayor" la huelga de pilotos que ha durado tres días, según ha asegurado a HOSTELTUR. No obstante, la UCE señala a este diario que "una huelga legal es previsible y no es causa de fuerza mayor".
Aunque el Sepla desconvocó ayer a mediodía la huelga de pilotos de Iberia, los tres días que ha durado han generado la cancelación de 240 vuelos, lo cual puede tener su efecto traducido en reclamaciones de los pasajeros. El reglamento de la Unión Europa CE 261/04, aprobado en febrero de 2004 y ratificado por el Tribunal de la UE en enero de 2006, señala que en caso de cancelación de un vuelo, la compañía tendrá que reembolsar el coste del billete al pasajero y, en caso de que procediera, pagar los gastos de transporte, manutención y alojamiento. Además, la compañía aérea deberá hacer efectiva una compensación por valor de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, de 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, y 600 euros para los restantes vuelos. Causa de "fuerza mayor" No obstante, Iberia se acoge también a esta misma reglamentación CE 261/04 para argumentar que no proceden indemnizaciones en caso de que se reclamaran. Concretamente, el mencionado reglamento señala que la compañía no estará obligada a abonar dicha compensación si puede probar que la cancelación se debe a "circunstancias extraordinarias" que no podían haberse evitado. A este respecto, fuentes de la compañía han asegurado a este diario que la huelga que terminó ayer fue causa de "fuerza mayor". Por el contrario, la responsable de los servicios jurídicos de la Unión de Consumidores de España (UCE), María García, ha asegurado a este diario que "jurídicamente, el término "fuerza mayor" se aplica a circunstancias imprevisibles, como pueden ser los desastres naturales, aunque incluso en algunos de estos casos hay posibilidades de previsión. Lo que sí son totalmente previsibles son los efectos de una huelga legal que ha sido avisada con un mes de antelación. Jurídicamente Iberia no puede alegar "fuerza mayor" en el caso de la huelga de pilotos, y si se produjeran reclamaciones tendrá que indemnizar". Iberia se cura en salud y recoloca a los pasajeros En cualquier caso, haya sido o no la huelga de pilotos causa de "fuerza mayor", Iberia se ha curado en salud y ha recolocando a los pasajeros afectados por la huelga en otros vuelos, incluso de compañías de la competencia, con lo que, además de ofrecer servicio a sus clientes, ha evitando, en buena parte de los casos, que se den las circunstancias para la reclamación de indemnizaciones. A este respecto, la representante de UCE asegura que "hay que reconocer que Iberia ha llevando a cabo un importante esfuerzo en recolocar a los pasajeros. De hecho, de momento, no hemos recibido en la UCE reclamaciones de los consumidores respecto a posibles indemnizaciones por cancelación del vuelos, aunque todavía es pronto para evaluar el nivel de reclamaciones que se puede dar". María García señala que "actualmente, muchos pasajeros están de viaje y habrá que esperar a que vuelvan, que es cuando se producen la mayoría de las reclamaciones". José Manuel de la Rosa (redaccionmadrid@hosteltur.com)
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