El TS anula la indemnización otorgada a los afectados por la huelga en El Prat hace dos años
Publicada 11/10/08
El Tribunal Supremo ha anulado las indemnizaciones que el Gobierno central había ordenado a Aena entregar a los afectados por la huelga de empleados de handling del Aeropuerto de El Prat en julio de 2006 cuando fueron tomadas las pistas del principal aeródromo barcelonés.
El criterio del máximo tribunal es que el Ejecutivo se extralimitó e infringió la ley al hacer esta exigencia a la empresa gestora aeroportuaria, limitando su autonomía. De esta forma estima el recurso que interpuso Iberia contra esta resolución del Consejo de Ministros que ordenaba una indemnización de 250 euros a cada pasajero que se le canceló un vuelo por la toma de las pistas y 180 euros por pérdida o destrucción de equipaje y la apertura de un expediente a la aerolínea española, a la cual el gestor aeroportuario pretendía hacerle cargo de las obligaciones que le impusieron asumir.
El TS argumenta que "sólo mediante un instrumento con rango de ley" podría el Gobierno haber impuesto a Aena afrontar las compensaciones a los pasajeros por la cancelación de sus vuelos o las incidencias con su equipaje.
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