
A Iberia le puede costar 12 millones al año.
Sobre el impacto económico que este cambio de criterio de Hacienda puede tener entre las compañías aéreas españolas, el sector calcula que constará 30 millones de euros al año,
tal y como adelantó ayer HOSTELTUR, con un reparto de cerca del 40% para
Iberia (unos 12 millones), más del 50% a repartir entre
Vueling,
Spanair,
Air Europa y
Air Nostrum, y el resto entre otras compañías como
Iberworld,
Binter Canarias o
Air Andalus. Tras la inspección a
Iberia, también se ha inspeccionado a
Air Nostrum, con el mismo cambio de criterio, y se espera que continúen con inspecciones y levantamiento de actas en las restantes compañías aéreas.
Esto en la práctica supondrá que a una compañía española le resultará más gravoso realizar vuelos domésticos que a las extranjeras, puesto que Hacienda recauda entre empresas españolas sobre su actividad en el territorio nacional, mientras que a las extranjeras que operan vuelos domésticos en España las deja exentas porque les aplica la condición de internacionales, que era el mismo criterio con el que estaba midiendo a las españolas hasta junio. A título de ejemplo, a una aerolínea española le resultará más caro el alquiler de un avión para volar desde Madrid a Las Palmas que para volar a Berlín, teniendo ambas rutas la misma duración.
Se beneficiarán Air Berlin, EasyJet y Ryanair Los grandes beneficiados de este cambio de criterio fiscal serían las compañías extranjeras con mayor número de vuelos interiores españoles como
Air Berlin,
EasyJet y
Ryanair. Y en cuanto a los destinos, la Comunidad más perjudicada por el incremento del coste sería Canarias debido al mayor numero de horas de vuelo, con un impacto muy superior a las reducciones de coste que han supuesto las medidas del Gobierno para promocionar los tráficos a ese destino desde la Península, al igual que ocurriría con Baleares.
Ante esta situación, el sector aéreo español está intentado parar el batacazo y ha pedido ayuda a los grupos parlamentarios para evitar que se mantenga esa interpretación fiscal y que no se incluya la previsión de

Ryanair sería la más favorecida por el cambio de criterio de Hacienda.
cobros en los Presupuestos del Estado. Como ejemplo, en su nota explicativa a los grupos parlamentarios, a la que ha tenido acceso
HOSTELTUR, y se supone que también en las explicaciones remitidas a los Ministerios implicados en el problema que crearía esta nueva interpretación, la Asociación de Compañías Españolas de Transporte Aéreo (
ACETA) indica que “la reciente interpretación de la Ley efectuada por la
AEAT [
Agencia Tributaria], produce, según
ACETA, los siguientes efectos:
Las compañías aéreas españolas nos vemos penalizadas a la hora de operar vuelos domésticos. En concreto el coste del alquiler del avión se incrementa hasta un 24% en las rutas domésticas respecto a las internacionales, incremento que repercute en los costes totales en el orden del 4%, como cifra aproximada. A título de ejemplo, a una aerolínea española le resulta más caro el alquiler de un avión para volar desde Madrid a Las Palmas que para volar a Berlín, teniendo ambas rutas la misma duración”.
Perjuicio para Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla ACETA también considera que la “penalización no afecta, sin embargo, a las compañías extranjeras, competidoras de las nacionales en las rutas domésticas, incluso teniendo el contrato de alquiler con el mismo arrendador. A mayor abundamiento las aerolíneas europeas tampoco sufren esta penalización cuando operan rutas domésticas en sus respectivos países. Lo que se traduce en una discriminación de hecho de las compañías aéreas españolas, por la interpretación de la legislación española que recientemente está introduciendo la
AEAT”.
La asociación aérea concluye señalando que “consecuencia inmediata de la interpretación de esta norma sería, por razones de rentabilidad, la reducción de rutas domésticas por los operadores españoles, tanto en su caso, a favor de compañías aéreas no españolas con operación doméstica en España, como por la preferencia por razones económicas, dados los menores costes que rutas internacionales con iguales ingresos, tendrían para las compañías españolas frente a las rutas nacionales, lo que ocasionaría un deterioro de frecuencias y en precios del servicio que afectaría especialmente a las Comunidades Autónomas de Canarias y

A Spanair, Air Europa, Vueling, y Air Nostrum les costaría 15 millones.
Baleares, así como a las Ciudades Autónomas de Melilla y Ceuta, debido a su condición insular o de alejamiento de la Península y, en consecuencia a su mayor dependencia del transporte aéreo, anulando los efectos positivos que para la promoción turística de esos destinos insulares podrían tener las medidas aprobadas por el Gobierno en el mes de julio en Mallorca y recientemente en el Consejo de Ministros celebrado en Canarias”.
Cambio de criterio no consciente Entre las compañías aéreas se considera que el problema creado no se debe a una decisión política del Gobierno, sino a un cambio de criterio de la
AEAT que probablemente no es consciente de sus implicaciones, y subrayan haber encontrado comprensión a su propuesta en los Ministerios competentes en transportes, turismo y hacienda por lo que existe un cierto optimismo sobre el desenlace de este contencioso, “no exento de preocupación” que se agrava ante la posibilidad de que de no aprobarse en el pleno del Congreso (dado que por temas ajenos a la enmienda presentada esta no pudo ser aprobada en comisión), y si existiese veto en el Senado a la ley de presupuestos, no habría una segunda posibilidad parlamentaria para reconsiderar su propuesta por parte de los grupos parlamentarios.