Tribunales
Tres sentencias del TSJC fallan a favor del PEUAT de Barcelona que limita alojamientos turísticos
El tribunal desestima los recursos de Apartur, Amics del Passeig de Gràcia y Atir H.Paral·lel contra la norma que limita plazas hoteleras y apartamentos turísticos
Publicada 23/12/25 11:11h
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado tres sentencias que fallan a favor del Ayuntamiento de Barcelona en relación con el Plan Especial Urbanístico de Alojamientos Turísticos (PEUAT) de 2021. Esta normativa limita el crecimiento de plazas hoteleras y prohíbe el alquiler de habitaciones por periodos inferiores a 31 días. Los fallos judiciales responden a los recursos interpuestos contra el plan municipal por la asociación de apartamentos turísticos Apartur, la entidad Amics del Passeig de Gràcia y la promotora inmobiliaria y hotelera Atir H.Paral·lel.
Se trata de tres sentencias de la sección segunda de la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
El PEUAT, aprobado en el último pleno de diciembre de 2021 bajo el mandato de la alcaldesa Ada Colau (BComú), estableció una zona de limitación del crecimiento turístico en el centro de la ciudad en la que no se admite ningún nuevo tipo de alojamiento hotelero o residencial ni la ampliación de plazas en los existentes, al tiempo que veta el alquiler de habitaciones turísticas por periodos inferiores a 31 días.
El PEUAT de 2021 es una actualización del de 2017, que incluyó los requerimientos hechos por la justicia en una sentencia de 2019.
Pese a los cambios introducidos, el Plan Especial Urbanístico no agradó a determinados sectores económicos y turísticos, que presentaron recursos a la justicia.
Por el momento, el TSJC ha tumbado los tres primeros recursos al rechazar las demandas de Apartur, Amics del Passeig de Gràcia y Atir H.Paral·lel.
Estas entidades expusieron en sus recursos que el PEUAT es "un instrumento de planeamiento totalmente arbitrario", que partía de un "un diagnóstico erróneo y desactualizado" y que restringía la libertad de establecimiento para las actividades que regulaba.
También se quejaban de que el Ayuntamiento, entonces gobernado por BComú en coalición con el PSC, no tuvo en cuenta el impacto que tuvo la pandemia del covid en los negocios turísticos y que optó "exclusivamente por la vía de la prohibición y la restricción de la actividad de alojamiento temporal".
Las medidas del PEUAT son "proporcionadas"
Con argumento similares en las tres sentencias, la justicia tumba los recursos y sostiene que las medidas del PEUAT, aún vigentes con el actual alcalde Jaume Collboni (PSC), "no son discriminatorias porque están justificadas y obedecen a características y problemáticas concretas".
Según las sentencias, concurren razones "de interés general" que justifican la planificación y las medidas" del PEUAT, que "no son discriminatorias y resultan proporcionadas".
La justicia descarta que el PEUAT se base en datos desactualizados, pues, indistintamente de la fecha de elaboración de los estudios o informes, el turismo es un fenómeno "cuyas características permanecen en el tiempo y responden a una dinámica perfectamente predecible", razonan los jueces.
Respecto al impacto de la pandemia, la justicia no ve motivos para que esto debiera disuadir al Ayuntamiento de aprobar un plan de estas características y, en todo caso, señala que era previsible una recuperación y restablecimiento del sector turístico, como así fue.
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