El Gobierno aprueba ayudas urgentes para las víctimas de los accidentes de Adamuz y Gélida
Serán compatibles con las indemnizaciones de los seguros obligatorios y de responsabilidad civil y estarán exentas de tributación
Publicada 27/01/26 15:54h
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La indemnización por fallecimiento en los recientes accidentes ferroviarios será de 210.000 euros y los afectados la percibirán en un máximo de tres meses, según planea el Gobierno. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto-ley de medidas urgentes de apoyo a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz y Gélida, que incluye un paquete económico dotado de 20 millones de euros. Se pretende acelerar la percepción de ayudas por parte de los afectados y evitar así las esperas propias de los procedimientos ordinarios de los seguros.
"En un plazo no superior a tres meses, una víctima por fallecimiento recibirá 216.000 euros, de los cuales (…) 72.000 serán a fondo perdido, 72.000 como anticipo a cargo del seguro de responsabilidad civil y 72.000 como consecuencia del seguro obligatorio” (que establece precisamente esa cifra), ha explicado el ministro de Transportes, Óscar Puente, este marte en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Puente ha dado cuenta del real decreto-ley de medidas urgentes de apoyo a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz y Gélida que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros. Incluye un paquete económico dotado de 20 millones de euros que pretende acelerar la percepción de ayudas por parte de los afectados y evitar así las esperas propias de los procedimientos ordinarios de los seguros.
Concretamente, por cada una de las 46 víctimas mortales en los recientes accidentes ferroviarios, el Gobierno va a abonar inmediatamente 72.000 euros en concepto de indemnización a fondo perdido, exenta de tributación, y otros 72.000 como anticipo a las cantidades que "eventualmente y en su día percibirán las víctimas con cargo al seguro de responsabilidad civil", ha detallado Puente.
A esa cantidad se sumarán otros 72.000 euros derivados del seguro obligatorio, que tiene tres meses para que asigne el baremo a cada víctima en función de las lesiones de cada una, según se establece en el texto que se publicará el miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente. Fuente: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
Los tiempos de la Justicia
Óscar Puente ha explicado que “los procedimientos ordinarios y los tiempos judiciales no siempre responden a la urgencia vital de quienes han sufrido una tragedia como esta” y ha defendido que las víctimas no pueden esperar, como ha ocurrido en accidentes pasados, para recibir apoyo económico.
El paquete de ayudas aprobado este martes ascienden a 20 millones de euros: 10 millones en ayudas "urgentes" y otros 10 millones en anticipos
Todas ellas son complementarias a los planes, seguros y coberturas previstas en la ley para las víctimas de accidentes ferroviarios y, por tanto, compatibles con las indemnizaciones obligatorias por responsabilidad civil.
En el caso de indemnizaciones por lesiones corporales, el ministro ha explicado que las ayudas se estructuran según el baremo existente y varían desde los 2.400 euros en los casos de menor entidad hasta los más de 84.000 en los casos de mayor gravedad
"No vamos a consentir que haya víctimas que estén 10 años esperando una indemnización", ha señalado el ministro de Transportes. Ha detallado que las cantidades -que se abonarán en un único pago- y el resto de ayudas son un "compromiso con las 46 personas fallecidas, los 164 heridos, con sus familias y con el conjunto de la ciudadanía".
Ha hecho referencia a los "graves" accidentes ocurridos la semana pasada, cuando ha apuntado que en tres días España vivió dos tragedias ferroviarias de "magnitud excepcional", en referencia al accidente de Adamuz (Córdoba) y al de la red de Rodalies en Cataluña.
Puente ha señalado que, en paralelo, van a iniciar las modificaciones normativas necesarias para articular un mecanismo de intervención pública mediante el cual el Estado pueda acordar asumir, atendiendo a diversos factores, el abono de un porcentaje de las indemnizaciones correspondientes a los daños personales en los accidentes de transporte colectivo, sin perjuicio de la responsabilidad civil
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