Viajes del Imserso: esto es lo que debes saber antes de que cierre el plazo
Publicada 29/04/26
Mañana es el último día, este 30 de abril se cierra definitivamente el plazo extraordinario para solicitar los viajes del Imserso de la temporada 2025-2026, y quien aún no haya completado el trámite tiene pocas horas para hacerlo.
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El Imserso puso a la venta el pasado 6 de octubre un total de 879.213 plazas distribuidas en tres modalidades -turismo de costa peninsular, costa insular y turismo de escapada-, con algunas novedades destacadas respecto a temporadas anteriores, entre ellas tarifas reducidas de 50 euros para pensionistas con menos recursos y la posibilidad de viajar con mascotas.
El programa es más amplio de lo que muchos suponen y no está dirigido exclusivamente a jubilados, también pueden acceder personas mayores de 60 años que perciban prestaciones o subsidios por desempleo, asegurados de la Seguridad Social de 65 años o más, pensionistas de viudedad con 55 años cumplidos y pensionistas por otros conceptos del sistema español.
A ello se suman los españoles emigrantes retornados que sean pensionistas de sistemas públicos de Seguridad Social del país al que emigraron, así como españoles residentes en el extranjero que cumplan los requisitos generales.
Uno de los aspectos más valorados por los participantes es la posibilidad de viajar acompañado en este programa, es decir, el titular puede incluir en su solicitud al cónyuge, pareja de hecho o persona con la que mantenga una unión estable de convivencia, sin que el acompañante esté obligado a cumplir los requisitos exigidos al beneficiario principal.
También existe la opción de viajar con hijos con discapacidad igual o superior al 45%, que deberán alojarse en la misma habitación que el titular, salvo que opten por una habitación individual, con el suplemento correspondiente y sujeto a disponibilidad.
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Hay, no obstante, una condición que aplica a todos sin excepción, estas personas deben tener autonomía personal. Tanto los titulares como sus acompañantes -excepto los hijos- deben ser capaces de realizar las actividades básicas de la vida diaria por sí mismos.
Este requisito se acredita mediante una declaración responsable que el solicitante presenta ante el Imserso junto al resto de la documentación
La vía preferente para completar el trámite es la sede electrónica del Imserso, pero quienes prefieran hacerlo de forma presencial pueden acudir a la oficina de registro en Madrid (Avda. de la Ilustración s/n con vuelta a c/ Ginzo de Limia 58), a las Direcciones Territoriales de Ceuta y Melilla, o enviar la solicitud al apartado de correos 10.140 de Madrid.
En cambio, los residentes en Alemania, Francia, Italia, Portugal, Reino Unido y otros países europeos pueden tramitarla a través de las Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
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