Italia abre la puerta al reembolso de paquetes por enfermedad

Una sentencia avala que se reintegre al viajero el importe de un viaje por la imposibilidad de realizarlo

Italia abre la puerta al reembolso de paquetes por enfermedad

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Una sentencia ha reabierto el debate en Italia sobre el reembolso de un paquete turístico cuando el viajero no puede disfrutarlo por una enfermedad sobrevenida. El fallo pone el foco en la finalidad del viaje combinado y en la imposibilidad de prestar el servicio contratado. Un paso más allá de lo que se recoge en la actual Directiva de Viajes Combinados, tal y como señala en declaraciones a Hosteltur CEAV, que cuestiona que este criterio encaje con la normativa europea y defiende que estos supuestos corresponden al ámbito de los seguros de anulación.

La Corte di Cassazione, el Tribunal Supremo italiano, ha reconocido el derecho de un cliente a recuperar el importe abonado por un paquete turístico que no pudo disfrutar por una enfermedad sobrevenida. El fallo considera que, cuando la imposibilidad de viajar no es imputable al consumidor, puede quedar frustrada la finalidad turística del contrato, lo que abriría la puerta al reembolso de las cantidades pagadas.

Reembolso de un paquete turístico por enfermedad

El caso afecta a una pareja que había adquirido un paquete vacacional a través de un turoperador. El viaje no llegó a realizarse por la enfermedad de uno de los clientes, lo que derivó en un litigio sobre si procedía o no la devolución del importe abonado.

Según la información publicada en Italia, la instancia de apelación había entendido inicialmente que debía aplicarse la normativa sobre desistimiento del viajero en materia de paquetes turísticos, al tratarse de una renuncia motivada por razones subjetivas. Bajo ese criterio, no concurrirían las condiciones necesarias para eximir al consumidor de los gastos de cancelación.

El Tribunal Supremo italiano, sin embargo, ha dado la vuelta a esa interpretación. El tribunal sostiene que en un viaje combinado la prestación no se limita a una suma de servicios, sino que responde a una finalidad turística concreta: descanso, ocio, recreación, cultura o disfrute de la experiencia contratada. Si esa finalidad queda imposibilitada por una causa no imputable al viajero, el contrato podría extinguirse y dar lugar al reembolso.

Paquetes turísticos: ¿hay derecho a reembolso si el viajero enferma?
¿Cancelar un viaje por enfermedad da derecho a reembolso? La justicia italiana acaba de abrir la puerta a esa posibilidad. Fuente: IA/ Hosteltur.

¿Cómo afecta a las agencias?

La sentencia italiana no implica por sí sola un cambio automático en la aplicación de la normativa europea ni en el marco español, pero sí introduce un elemento de debate para las agencias de viaje, los turoperadores y los consumidores. La resolución incide directamente en el reparto de riesgos cuando el cliente no puede viajar por una circunstancia personal, como una enfermedad.

El punto sensible está en determinar si una imposibilidad sobrevenida del viajero debe tratarse como una causa que frustra el contrato o como una cancelación sujeta a las condiciones pactadas y, en su caso, a la cobertura de un seguro de anulación.

En este sentido, Ana Barluenga, directora del Área Jurídica de CEAV, considera que la resolución italiana es “relevante”, aunque advierte de que su encaje con la normativa europea de viajes combinados es discutible. Y por ello, recuerda que la Directiva de Viajes Combinado 2015/2302 -todavía vigente- reconoce el derecho al reembolso íntegro de todos los importes abonados cuando el viajero resuelve el contrato por "concurrir circunstancias extraordinarias e inevitables en el destino o en sus inmediaciones, siempre que afecten significativamente a la ejecución del viaje combinado o al transporte al destino".

Sin embargo, subraya que la directiva de viajes combinados no contempla ese derecho cuando la imposibilidad de viajar deriva de una circunstancia personal del viajero, como puede ser una enfermedad.

“Precisamente para cubrir estos supuestos existen los seguros de anulación”, señala. A su juicio, extender el derecho al reembolso total a cualquier incidencia personal del cliente supondría alterar el reparto de riesgos diseñado por el legislador europeo y trasladar al organizador del viaje combinado responsabilidades que la directiva no le atribuye.

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