No todos tienen que pedir plaza: qué personas ya están acreditadas para viajar con el Imserso
Solo deberán realizar el trámite los nuevos usuarios y quienes necesiten actualizar sus datos personales, preferencias de destino o vinculación con otro viajero, ya que los acreditados que no hayan registrado cambios no tendrán que presentar una nueva sol
Publicada 19/06/26
Añadir HOSTELTUR en GoogleNo todos los pensionistas y mayores interesados en los viajes del Imserso tienen que presentar una nueva solicitud para la nueva temporada 2026-2027. El plazo que se abrirá del 22 de junio y durará hasta el 10 de julio está dirigido principalmente a las personas que se dan de alta por primera vez en el Programa de Turismo, aunque también servirá para que los usuarios ya acreditados comuniquen cambios en sus datos.
La diferencia es importante, porque muchos beneficiarios habituales del programa ya figuran en la base de datos del Imserso, y en esos casos, no tienen que volver a pedir plaza ni rellenar una nueva solicitud si la información que consta en el organismo sigue siendo correcta.
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Para que no te pierdas con los plazos del Imserso 2026-2027, en HOSTELTUR hemos recopilado las dudas más frecuentes sobre esta primera fase del programa. El plazo que se abre el 22 de junio no es todavía para reservar viajes, sino para nuevas solicitudes y cambios de datos.
Y si ya estás acreditado y todo sigue igual, no tendrás que hacer ningún trámite, pero en cambio si necesitas modificar información personal, destino preferente o vinculación con otro viajero, deberás hacerlo dentro del periodo oficial.
¿Tengo que hacer algún trámite si ya he viajado con el Imserso?
Se consideran personas ya acreditadas aquellas que figuran en la base de datos del Imserso por haber participado o haber sido admitidas en temporadas anteriores del Programa de Turismo. Si es tu caso, recibirás en tu domicilio una carta de renovación con los datos que constan en el organismo.
Esa carta no es una nueva solicitud, sirve para que revises tu información y comuniques posibles cambios solo si es necesario
Por tanto, si ya estabas acreditado en campañas anteriores y tus datos siguen siendo correctos, no tendrás que hacer ningún trámite durante el plazo ordinario de solicitudes.
No es lo mismo la carta de renovación que la carta de acreditación
En esta fase debes distinguir entre dos cartas distintas del Imserso:
- Carta de renovación de datos. La recibirás si ya figuras en la base de datos del programa por haber participado o haber sido admitido en temporadas anteriores. Sirve para revisar tus datos personales, ingresos o preferencias de destino. No es la carta para reservar viajes. Si todo está correcto, no tienes que hacer nada; si hay cambios, deberás comunicarlo dentro del plazo oficial.
- Carta de acreditación. Llegará más adelante a las personas admitidas para viajar en la temporada 2026-2027. Este sí será el documento clave para reservar, porque incluirá tus datos definitivos, la clave necesaria para contratar el viaje y la fecha a partir de la cual podrás hacerlo.
Con la carta de acreditación sabrás si tienes prioridad para reservar desde el primer día de venta o si deberás acceder en los días posteriores. La comercialización suele comenzar a partir de septiembre, con las primeras salidas previstas en octubre.
Qué datos hay que revisar en la carta de renovación
La carta de renovación recoge los datos que el Imserso tiene registrados sobre tu participación en el programa. Al recibirla, conviene revisar especialmente tu información personal, la preferencia de destino y la posible vinculación con otra persona de tu misma provincia. Si tienes una vinculación con otro viajero, podrás mantenerla o modificarla para participar conjuntamente en el programa.
Esta revisión es importante porque esos datos pueden influir en la organización de la temporada, en las comunicaciones que recibas y en el proceso de reserva cuando se abra la venta de los viajes
Qué hacer si los datos son correctos
Si los datos que aparecen en la carta son correctos, no debes hacer nada. Es decir, no tienes que enviar la carta, no tienes que presentar una nueva solicitud y no tienes que volver a darte de alta.
La persona acreditada deberá esperar a la siguiente fase del proceso: la carta de acreditación, que permitirá conocer las claves y condiciones para reservar los viajes cuando se active la comercialización.
Cómo modificar los datos del Imserso
Si detectas que alguno de los datos no es correcto o quieres cambiar tu preferencia de destino o tu vinculación con otra persona, deberás comunicarlo al Imserso dentro del mismo plazo fijado para las nuevas inscripciones: del 22 de junio al 10 de julio de 2026, ambos incluidos.
La modificación puede realizarse a través de los impresos incluidos en la carta de renovación o mediante los canales habilitados por el Imserso para el Programa de Turismo.
La vía prioritaria es la sede electrónica del Imserso, pero también se puede descargar el modelo de solicitud de participación en el Programa de Turismo para la temporada 2026-2027, cumplimentarlo y remitirlo por alguno de los medios admitidos.
Entre las opciones previstas figura la presentación a través de los registros electrónicos y oficinas correspondientes, así como el envío en sobre franqueado -no por correo certificado- a la dirección: Programa de Turismo del Imserso, apartado de correos 10.140, 28080 Madrid.
Quién sí tiene que presentar una solicitud
Tienen que presentar solicitud las personas que quieran participar en los viajes del Imserso por primera vez o aquellas que no figuren ya acreditadas en la base de datos del programa.
También deberán actuar los usuarios ya acreditados que quieran modificar datos personales, cambiar preferencias de destino o actualizar la vinculación con otra persona de la misma provincia.
Requisitos para poder viajar con el Imserso
Puedes viajar con el Imserso si resides en España y cumples alguno de los requisitos previstos por el programa:
Entre los beneficiarios están los pensionistas de jubilación, los pensionistas de viudedad con 55 años o más, los pensionistas por otros conceptos o perceptores de prestaciones o subsidios de desempleo con 60 años o más, y las personas aseguradas o beneficiarias de la Seguridad Social con 65 años o más.
También pueden participar los españoles residentes en el extranjero y los emigrantes retornados a España, siempre que cumplan las condiciones establecidas.
Además, puedes viajar acompañado por tu cónyuge, pareja de hecho o persona con la que mantengas una unión estable de convivencia, aunque esa persona no cumpla los requisitos de edad o pensión. También es posible viajar con hijos con discapacidad igual o superior al 45%, siempre que se respeten las condiciones del programa.
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