Pregunta 1092 hace 7 años en Reclamaciones
Respuesta por Joana Tremba hace 7 años
Apreciado Sra. Martin,
La Ley de Viajes Combinados es muy clara al respecto de este tipo de supuestos.
Si antes de la salida del viaje el organizador se ve obligado a modificar de manera significativa algún elemento esencial del contrato deberá ponerlo inmediatamente en su conocimiento.
En este caso, y salvo que usted y el organizador convengan otra cosa, usted podrá optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o bien aceptar una modificación del contrato. En este caso se debe precisar las variaciones introducidas y la repercusión en el precio, en su caso. Usted tiene un plazo de 3 días desde la notificación de la modificación señalada, para comunicar la decisión que adopte a la agencia, si no lo hace en el tiempo por ley establecido, se entiende que usted ha optado por la resolución del contratos sin penalización alguno, esto es, le deben abonar el total del importe abonado.
Para orientarle debidamente sobre como reclamar deberíamos conocer la documentación y correspondencia habida entre las partes. Lo normal en estos caso es hacer una primera reclamación extrajudicial, a fin de evitar un litigio.