Preguntas Asesoría legal turística Hosteltur

Pregunta 1118 hace 7 años en Reclamaciones

Referencia 16 al 23 dic. Crucero. Caribe Legendario. Pullmantur. Por razones de clima o tiempo, según el capitán, la empresa no cumplió con el destino de visitar Jamaica. Lo irónico del asunto es que otro crucero que llegó mucho después que el Monarch, a vista y paciencia de todos los pasajeros, término atracando en el único puerto y espacio disponible. Convenientemente el crucero no bajaba ni recogía a nadie en ese destino. 1) Esto ha sucedido en muchas ocasiones. Por que la empresa, Sabiendo que hay mucha incertidumbre respecto a poder atracar o no, por que promueve el destino sin tener un plan de compensación. En última instancia, el pasajero es el menos responsable de lo que suceda, sin embargo es el que más pierde. De todas formas tiene que pagar aunque no disfrute lo que pagó. 2). Como se explica que un buque. Que llegó horas después, aún siendo más grande, pudideera atracar y el Monarch no. No resulta esto en impericia del capitan y nuevamente es el "cliente" quien termina perdiendo más. Es que la empresa no coordina con suficiente anticipación el arribo del crucero? Pagando lo que debe pagar, dicho sea de paso ya cancelado por el cliente? 3) como es que alguien que además de lo técnico, no tiene la menor capacidad o autorización para definidrr compensaciones administrativas. Este capitán fue soberbio y arrogante al manifestarse y tomar la desicion de zarpar, sin la menor consideración de los intereses del cliente. Que puedo hacer para exigir un compensación por lo no disfrutado pero si pagado.

Respuesta por Marc Ripoll hace 7 años

Las condiciones generales de Pullmantur delimitan en su cláusula 11.1. los servicios del viaje y sus modificaciones, las cuales indican que “según las normas internacionales marítimas, cuando circunstancias o causas de seguridad (a juicios del capitán del buque) o bien causas de fuerza mayor lo exijan o aconsejen, las compañías navieras podrán efectuar las alteraciones que consideren oportunas, incluyendo alterar el orden de las escalas del crucero, cancelar alguna, modificar el tiempo de permanencia en puerto, cambiar el barco por otro de similar categoría, etc. Siempre que estos cambios se produzcan con anterioridad a la fecha de inicio de viaje, se informará al pasajero, quien tendrá derecho al reembolso total de lo abonado por su viaje, excepto los gastos que hubiera de gestión, sin derecho a indemnización alguna. En el supuesto de producirse dichos cambios una vez iniciado el viaje el Consumidor no tendrá derecho a reembolso o indemnización alguna, siempre que constituyan una circunstancia de fuerza mayor o se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podría prever ni superar.” Al parecer, siempre y cuando no se trate de un caso de fuerza mayor o imprevisible como parece ser el caso, podría tendrá derecho a reclamar el reembolso de lo abonado por su viaje con perspectivas de éxito.

Nuestros expertos en turismo

Abogado de asesoría turística: Carolina Ruiz Ramirez Carolina Ruiz Ramirez Abogada especialista en Derecho Penal y Procesal

Licenciada en Derecho por la Universidad Abat Oliba CEU (1998). Colegiada en el Ilustre Colegio de los Abogados de Terrassa (Barcelona) con el número 1976. Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 4452.

Oposición Judicatura años 1999-2002.

Realización de cursos de doctorado en la Universidad de les Illes Balears en Responsabilidad penal de las personas jurídicas; Derecho Penal y Constitución; El proceso penal de menores; El principio de no discriminación en el ámbito laboral; El sistema de fuentes del Derecho del Trabajo; Análisis de la jurisprudencia desde el punto de vista práctico.

En la actualidad se encuentra realizando la tesis doctoral en materia penal.

Programa Ejecutivo Compliance Officer (Controller Jurídico) 2014 – 2015.

Idiomas: Castellano, Catalán e Inglés

Abogado de asesoría turística: Luisa González Pou Luisa González Pou Abogada especialista en Responsabilidad Civil y negociación pre-litigiosa

Graduada en Derecho y Máster de Abogacía por la Universidad de les Illes Balears (UIB). Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de les Illes Balears con el número 6480.

Se incorporó a MonlexHispajuris en 2016 y está especializada en responsabilidad civil corporativa.

Ejerce también en el departamento jurídico de una empresa del sector turístico.

Idiomas: Castellano

Abogado de asesoría turística: Marc Ripoll Marc Ripoll Abogado especialista en Derecho Mercantil, societario, civil e internacional

Licenciado en Derecho Europeo, Internacional y Comparado de los negocios por la Universidad de Le Havre (Francia). Título Homologado al de “Licenciado en Derecho” (España). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 4692.

A lo largo de su carrera profesional ha trabajado en diversos despachos de abogados en Francia, el Reino Unido y España. Se incorporó a MONLEXHISPAJURIS en el año 2006.

Abogado de asesoría turística: Xavier Ferretjans Xavier Ferretjans Consultor en nuevas tecnologías

Más de 14 años de experiencia en cumplimiento normativo TIC, posee estudios de Derecho y certificaciones internacionales como Auditor Certificado de Sistemas de Información (CISA) y Manager de Seguridad de la Información (CISM).

Empezó trabajando como consultor y auditor de protección de datos en consultoras locales, adquiriendo experiencia suficiente para dar el salto a consultoras nacionales referentes del sector.

Actualmente se ha especializado en normas como ISO 27001, ISO 22301 o Esquema Nacional de Seguridad y Gestión del Riesgo.

Idiomas: Castellano e Inglés

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