10 febrero, 2026 (04:10:16) Por Monlex Abogados, en Economía
Obligación inmediata de comunicar el Responsable del SI de Información
Empieza el plazo legal: las empresas turísticas deben comunicar ya al Responsable del Sistema Interno de Información
Desde hoy 10 de febrero comienza la cuenta atrás de dos meses para cumplir con la Ley 2/2023 y la Recomendación 1/2026 de la Autoridad Independiente de Protección del Informante.
El sector turístico opera en entornos complejos, intensivos en personal, con alta rotación, subcontratación y presencia internacional. En este contexto, la reciente activación del formulario obligatorio para comunicar el Responsable del Sistema Interno de Información (RSII) y la publicación de la Recomendación 1/2026 marcan un punto de inflexión en materia de cumplimiento normativo y gobernanza interna.
La Autoridad Independiente de Protección del Informante ha aclarado que el plazo legal de dos meses para comunicar el nombramiento del RSII comienza a computarse desde el 10 de febrero de 2026, fecha en la que el formulario oficial ha quedado disponible. A partir de ahora, el foco ya no está solo en “tener un canal”, sino en demostrar que el sistema es real, operativo y eficaz.
¿A quién afecta en el sector turístico?
La obligación alcanza a todas las empresas con 50 o más personas trabajadoras, umbral que, según la Recomendación 1/2026, debe calcularse conforme a los criterios de los planes de igualdad. Esto tiene especial impacto en el turismo, ya que deben computarse:
- Personas trabajadoras temporales y fijas discontinuas.
- Personal desplazado o expatriado.
- Teletrabajadores desde otros países.
En la práctica, muchas empresas turísticas que pensaban estar por debajo del umbral sí están obligadas.
El RSII: una figura estratégica, no meramente formal
El Responsable del Sistema Interno de Información debe ser una persona o estructura formalmente designada, con autonomía real y sin conflictos de interés. La Autoridad ha sido clara: no basta con externalizar un canal o nombrar a alguien “de forma nominal”.
En grupos turísticos (cadenas hoteleras, holdings de restauración o grupos internacionales), aunque exista un sistema común, cada entidad sigue siendo responsable individualmente y debe designar y comunicar su propio RSII. Además, los sistemas implantados a nivel internacional deberán adaptarse plenamente a la normativa española para ser válidos.
Reforzamiento de las exigencias de cumplimiento
La Recomendación 1/2026 eleva significativamente el estándar exigido. Entre los aspectos más relevantes para las empresas del sector destacan:
- Aprobación formal por el órgano de administración del Sistema Interno de Información.
- Política del sistema por escrito, difundida internamente y con garantías frente a represalias.
- Procedimiento de gestión detallado, cubriendo todas las fases desde la recepción hasta el cierre.
- Plataforma tecnológica segura, con cifrado de extremo a extremo, trazabilidad y control de accesos.
- Recomendación de habilitar canales escritos y verbales, especialmente relevantes en entornos con personal operativo no digitalizado.
Impacto directo en el ámbito laboral
Uno de los cambios más relevantes para el turismo es la integración de los canales de prevención del acoso laboral y sexual dentro del Sistema Interno de Información, bajo la supervisión del RSII. Esto implica una “ventanilla única” que refuerza la coherencia del sistema, pero también exige coordinación real entre cumplimiento, recursos humanos y dirección.
Asimismo, la Autoridad subraya la necesidad de formación específica al personal, un aspecto crítico en empresas con alta rotación y plantillas estacionales.
No es suficiente “cumplir en papel”
La Autoridad ha sido contundente: disponer formalmente de un canal no basta. El sistema debe ser real, operativo, seguro e independiente, ya que estos elementos serán determinantes para evaluar el cumplimiento y, en su caso, la responsabilidad de la empresa.
Para el sector turístico, esto supone una oportunidad: profesionalizar la gestión interna, reforzar la cultura ética y reducir riesgos legales y reputacionales en un entorno cada vez más exigente.
Plazo en marcha
El plazo legal ya está corriendo. Desde el 10 de febrero de 2026, las empresas obligadas disponen de dos meses para comunicar el nombramiento del RSII a la Autoridad, sin perjuicio de las comunicaciones adicionales que deban realizarse ante autoridades autonómicas competentes.
Si tienes dudas sobre esta obligación o necesitas apoyo para designar y comunicar correctamente al Responsable del Sistema Interno de Información, desde Monlex podemos ayudarte a analizar tu situación y a cumplir con la normativa con total seguridad jurídica.
Guillermo Caro
Abogado de MONLEX
gcaro@monlexabogados.es
Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta
Inicia sesiónEsta opinión no tiene comentarios.