20 mayo, 2026 (09:45:07) Por Monlex Abogados, en Distribución
La responsabilidad jurídica de las plataformas turísticas
En un reciente Auto de fecha 26 de marzo de 2026, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado las medidas cautelares solicitadas por Airbnb en relación con la sanción impuesta por el Ministerio de Consumo, cuyo importe supera los sesenta millones de euros, por el anuncio de viviendas turísticas irregulares.
Tanto la sanción impuesta por el Ministerio de Consumo como el posterior Auto del Tribunal Superior de Justicia han abierto de nuevo el debate sobre la responsabilidad jurídica de las plataformas turísticas. Y es que este caso, con la imposición de una sanción millonaria a Airbnb, no hace sino ratificar una creciente tendencia que sitúa a los intermediarios digitales en el foco de la contratación.
Los antecedentes son los siguientes: el Ministerio de Consumo impuso a Airbnb una sanción millonaria por supuestas infracciones relacionadas con anuncios de alojamientos turísticos sin licencia o con información irregular. Airbnb se opuso a la sanción impuesta alegando que no tenía ninguna responsabilidad. Y junto con el correspondiente recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, solicitó como medida cautelar la suspensión cautelar de la sanción. Medida que fue rechazada, obligando a la plataforma a efectuar el pago mientras continúa el procedimiento judicial.
Y aunque todavía no existe sentencia firme sobre el fondo del asunto, la desestimación de las medidas por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid nos lleva a intuir un evidente cambio de tendencia. Porque si bien las administraciones públicas llevan tiempo intentando luchar contra el fraude en el alquiler turístico de viviendas exigiendo responsabilidad también a las plataformas digitales, nuestros tribunales seguían defendiendo una postura neutral de dichas plataformas al considerar que actuaban como meros intermediarios.
Pero a raíz de la sanción impuesta por el Ministerio de Consumo, inicialmente mantenida por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid -si bien de forma muy preliminar, mediante la desestimación de las medidas cautelares y sin que exista resolución sobre el fondo-, parece que esa neutralidad empieza a ser cuestionada también por nuestros tribunales, que ya no tienen tan claro si realmente las plataformas turísticas son ajenas o si realmente debe exigírseles alguna responsabilidad sobre los anuncios ilegales que se difunden a través de ellas.
De confirmarse esa tendencia supondría un cambio radical en la propia configuración jurídica de esas plataformas. Porque al hacerlas responsables de los anuncios ilegales publicados por terceros, están reconociendo el papel fundamental que las plataformas digitales juegan en todo el proceso de comercialización de las viviendas turísticas. Algo que hasta ahora las propias plataformas habían rechazado, y con ellas nuestros tribunales.
Durante años las plataformas digitales de intermediación turística han venido defendiendo una posición jurídica basada en su carácter meramente tecnológico: no eran proveedoras del servicio turístico, sino simples intermediarias entre anfitriones y viajeros. Así, plataformas como Airbnb, defendían su falta de responsabilidad alegando que al no crear el contenido ni prestar directamente el alojamiento, carecían de responsabilidad con respecto a todo ello.
Ciertamente y en base a ese planteamiento, su responsabilidad quedaba completamente limitada, ya que al actuar como simples intermediarios tecnológicos, quedaban exentos de cualquier responsabilidad con respecto al contenido mismo no sólo del servicio sino del simple anuncio.
Sin embargo ese planteamiento es el que está ahora en tela de juicio. No sólo porque las propias administraciones públicas están evolucionando hacia un modelo más exigente en cuanto al control del intrusismo que afecta al alquiler vacacional, sino porque también los tribunales de justicia están empezando a reconocer esa responsabilidad. Especialmente cuando se ha constatado, como es el caso, que la actuación real de esas plataformas va mucho más allá. Y es que las plataformas ejercen realmente un papel activo en todo el proceso de comercialización de la vivienda turística vacacional. Y es que no se limitan a difundir los anuncios, sino que en muchos casos son las propias plataformas las que intervienen en la contratación, procesan pagos e incluso las que tienen la capacidad técnica para detectar irregularidades. Al haber asumido un papel activo en todo el proceso, es evidente que no pueden seguir siendo consideradas actores neutrales.
Y la reciente decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al rechazar las medidas cautelares solicitadas por Airbnb y obligar a la plataforma a abonar provisionalmente la sanción impuesta por el Ministerio de Consumo, no hace sino ratificar ese punto de inflexión en cuanto a la responsabilidad jurídica de las plataformas turísticas.
De consolidarse esta tendencia jurisprudencial las consecuencias jurídicas para el mercado turístico digital podrían ser de alcance. Desde exigirles un mayor control documental sobre las licencias turísticas, a la retirada masiva de anuncios irregulares, el necesario refuerzo de la colaboración con las administraciones públicas…..Y si bien este cambio serviría para corregir situaciones históricas de competencia desleal (algo que hoteles y operadores tradicionales vienen denunciando desde hace tiempo), para las plataformas supondría un indudable incremento de los costes asociados, que nos llevaría a una concentración en el mercado de aquellos operadores con mayor capacidad de cumplimiento normativo.
Pero este nuevo modelo no sólo supondría cambios desde una perspectiva operativa sino que los retos jurídicos son también importantes. Y es que frente a la evidente y necesaria actividad de control sobre las actuaciones ilícitas, se opone el límite al control privado en todo ese proceso. Porque si son las propias plataformas las que asumen funciones cuasi inspectoras, procediendo a la eliminación automática de anuncios que se consideren ilegítimos, ¿qué seguridad jurídica queda a los anfitriones y pequeños operadores?
Se abre por tanto un nuevo reto tanto para las administraciones como para los propios operadores: conjugar en todo caso la libertad empresarial con la protección del consumidor.
Debemos ser capaces de encontrar la fórmula que nos permita seguir luchando contra la oferta ilegal, pero manteniendo y potenciando las nuevas posibilidades que nos ofrece la innovación digital. Porque el resultado es un nuevo escenario regulatorio donde las plataformas digitales dejan de ser meros intermediarios para convertirse en actores jurídicamente corresponsables del ecosistema turístico. Y cómo regular todo ello es el reto que se nos plantea.
Mónica Julve
Abogada de MONLEX
mjulve@monlexabogados.es
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