Obliga a la low cost irlandesa a readmitir de inmediato a los 224 trabajadores que afectaba

La Audiencia Nacional anula el ERE de Ryanair por "abuso de derecho"

Publicada 24/04/20 -Actualizada 18/08/20 15:46h
La Audiencia Nacional anula el ERE de Ryanair por "abuso de derecho"

La Audiencia Nacional ha declarado nulo el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de Ryanair para sus bases operativas en lso aeropuertos de Gran Canaria, Tenerife Sur, Lanzarote y Girona que afectó a 224 trabajadores, al observar "abuso de derecho", y obliga a la aerolínea readmitirlos de forma inmediata "en las mismas condiciones en que venían desempeñando sus servicios".

En su sentencia, la sala de lo Social considera que la aerolínea "no quiso abordar un periodo de consultas" como exige la ley, motivo por el que ordena a la aerolínea, además, que efectúe "el abono inmediato" de los salarios que los afectados por este despido colectivo "dejaron de percibir desde la extinción del contrato".

En 2019, Ryanair anunció el cierre de las bases de Tenerife, Lanzarote y Gran Canaria, medida que también afectaba, en un primer momento, a la de Girona y que, a principios de diciembre, anunció su decisión de mantenerla con carácter estacional, si los trabajadores aceptaban cambiar su contrato de fijo a fijo discontinuo.

Con todo, algunos trabajadores de la base catalana -13, según los sindicatos y de los que se hace eco la sentencia-, se vieron finalmente perjudicados.

Entre las causas citadas por la aerolínea para esta decisión, figuraron ineficiencia operativa y elevados costes en estas bases, retraso en las entregas de los Boeing 737-MAX, así como en la incertidumbre ante el escenario posterior al Brexit y su impacto en territorio insular.

Tales argumentos que fueron rechazados durante la vista, celebrada el pasado 10 de marzo, por los tres sindicatos que impugnaron el ERE, USO y Sitcpla, como representantes de los tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) afectados, y Sepla, en nombre de los pilotos en idénticas circunstancias, que sostuvieron que la compañía no había podido demostrar la facturación en las operaciones de las bases canarias.

La sala de lo Social considera que el procedimiento "estuvo presidido en todo momento no ya por la ausencia de buena fe de la empresa demandada, sino por una evidente mala fe patronal encaminada a cerrar las bases aéreas de las Islas Canarias, y a convertir la que explota en Girona en una base estacional al menor coste posible".

Los magistrados apuntan que la intención de cierre, que "ya había sido pregonada por la empresa y se comunica formalmente a la plantilla el 23 de agosto de 2019. Paralelamente, el día siguiente se hace, de forma individualizada y en masa al colectivo de pilotos, una oferta de permisos sin sueldo por un año, traslados y recolocaciones en empresas del grupo".

Sin embargo, dicha oferta, lejos de ser "un acto de transparencia empresarial, supone ya de inicio vaciar de contenido el ulterior periodo de consultas, cuyo inicio fue de forma deliberada retrasado por la empresa", interpretan. En este sentido, consideran que la "información y documentación aportada entonces por Ryanair impidió que pudiera desarrollarse un debate" propio de una fase de negociación, mostrando la "posición obstruccionista de la empresa".

La sala cree que la aerolínea "ha aprovechado la aparición de una circunstancia de marcado carácter temporal o coyuntural", la demora de los Boeing 737-MAX, para cerrar varios de sus centros de trabajo "sin referir" aspectos que sí justificarían la existencia de una causa productiva u organizativa para el despido colectivo.

Asimismo, destaca la "total falta de consideración" de los representantes de la empresa hacia los sindicatos, "evidenciada" en algunos detalles formales de la negociación, lo que "no hace sino ratificar que la empresa acudió al periodo de consultas con una decisión predeterminada e irrevocable, y que en ningún momento tuvo intención de abordar una negociación".

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