ACAV pide al Gobierno que excluyan los viajes combinados de la directiva europea de consumidores

Publicada 08/07/09
ACAV pide al Gobierno que excluyan los viajes combinados de la directiva europea de consumidores
La asociación de agencias acaba de enviar una carta al representante permanente de España ante la UE, argumentando los motivos para que el Gobierno español se oponga a que los viajes combinados se incluyan de la Propuesta de Directiva sobre derechos de los consumidores. "Por  sus  particularidades, los viajes debían estar regulados en una normativa específica", indica ACAV.
Según señala ACAV, En octubre de 2008, la Comisión  Europea publicó  la  Propuesta  de Directiva de Directiva sobre derechos de los consumidores (COM  (2008)  614  final). En  ella, la Comisión excluyó expresamente a  los viajes  combinados de  la aplicación de  la mayoría de los capítulos (a excepción del relativo a definiciones y cláusulas abusivas) entendiendo que  por  sus  particularidades  intrínsecas,  los  viajes  debían  estar  regulados en una normativa específica y al margen de la propuesta de carácter genérico.
 
No obstante, recientemente, en el documento de trabajo (Council doc. 7775/09)  elaborado por  la Presidencia checa, se han incluido los viajes combinados dentro del ámbito de aplicación. ACAV entiende que dicha postura va en contra de  la opinión unánime del sector y de la postura de la Comisión, por lo que ha enviado una carta a Carlos Crespo, representante permanente de España ante la Unión Europea (UE), en la que solicita ?encarecidamente? que tenga en cuenta una serie de argumentos que adjunta, y en base a los cuales la asociación pide que el Gobierno español  ?abogue por  la exclusión de la Directiva de Viajes Combinados del ámbito de aplicación de la citada propuesta?.
 
ACAV argumenta que, en cuanto al ?objeto, definiciones y ámbito de aplicación", la asociación defiende que ?todo lo relativo a viajes combinados debería estar regulado  en  una normativa específica?, debido a que ?los viajes combinados tienen unas características intrínsecas que los diferencian de cualquier otra prestación de servicios por lo que es imposible que una normativa genérica recoja todas y cada una de las particularidades contenidas en las normativas  específicas de viajes combinados  (información  pre-contractual  detallada, garantía financiera, etc.)?.
 
Incluir a las compañías aéreas
 
No obstante, ACAV asegura que ?ello no implica que nos opongamos a la aprobación  de  una  normativa horizontal del sector. La  única  condición que exigiríamos es que  se incluyera  a todos y cada uno de los prestadores turísticos, en especial, a los transportistas  aéreos,  creando un nivel de obligaciones  igualitario para todos los prestadores turísticos, que no olvidemos, compiten entre ellos. No tiene sentido incluir a unos y excluir a otros cuando ambos forman parte de un viaje combinado?.
 
Además, la asociación también argumenta en lo relativo a la información a los consumidores- ?mucho más detallada en la Directiva de Viajes Combinados?-, y al derecho de desistimento del consumidor: ?ACAV considera que las disposiciones  relativas al derecho de desistimiento del consumidor nunca deberían aplicarse a  los contratos de viajes combinados concluidos a distancia ni a los celebrados fuera del establecimiento?.
 
La carta también incluye argumentos sobre los derechos relativos a las cláusulas contractuales ?tanto en lo relativo al número mínimo de participantes, como a la revisión del precio una vez se ha concluido el contrato de viaje combinado-  y las disposiciones generales.
 
Esta iniciativa de ACAV viene a producirse tras lo acontecido en la última reunión de la Agrupación Europea de Asociaciones Nacionales de Agencias de Viajes (ECTTA), en la que se trató el tema, tal y como adelantó a mediados de junio este diario.
 
José Manuel de la Rosa (josemanuel.delarosa@hosteltur.com
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