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La Junta de Castilla y León edita 10.000 ejemplares de una guía con consejos para la contratación de viajes

16 julio, 2005

La Junta de Castilla y León, a través de la Dirección General de Salud Pública y Consumo de la Consejería de Sanidad, ha elaborado y editado un guía de consulta en la que se explican de una forma sencilla pero completa los derechos que asisten a los consumidores y usuarios en la contratación de servicios relacionados con los viajes. La edición de esta publicación, que cuenta con 10.000 ejemplares, se va a distribuir entre las Oficinas de Información al Consumidor, Asociaciones de Consumidores y Usuarios y Servicios Territoriales de Sanidad de las Delegaciones del Gobierno regional. Esta guía también va a estar disponible en la página www.jcyl.es/consumo y asimismo se puede recabar información sobre su contenido y sobre los derechos de los consumidores y usuarios que en ella se recogen a través del Teléfono de Atención al Consumidor, el 902 477 747, según informaron a Europa Press fuentes de la Administración regional. Por medio de esta guía, la Consejería de Sanidad quiere ofrecer a los usuarios algunas recomendaciones de utilidad a la hora de contratar un viaje o servicios turísticos, en un período, el estival, en el que este tipo de transacciones se incrementa, ya que suele ser habitual la contratación de una agencia de viajes para la preparación de las vacaciones, ya sea mediante servicios sueltos, tales como billetes de transporte o alojamientos, o bien contratando paquetes completos, en lo que se denomina viaje combinado. INFORMACIÓN SUFICIENTE Y CONTRATOS ESCRITOS El primero de estos consejos se refiere a la información, suficiente, de todos los servicios ofrecidos y que serán objeto de contratación, siendo aconsejable la comparación, primero, de las distintas ofertas y la conservación de los folletos publicitarios, ya que éstos, siendo parte del contrato firmado, servirán en caso de incumplimiento para la exigencia de las condiciones establecidas. Esta guía también recoge la conveniencia de que la utilización de los servicios contratados se refleje mediante contrato por escrito en el que figuren todas las condiciones y que conviene leer previamente, pues en él se han de recoger cuestiones de gran interés para el consumidor, no solo relativas a los servicios incluidos por el precio pactado sino otras, como la posible cesión del viaje, las causas y plazos de anulación, las posibles indemnizaciones por tal motivo...etc. También se aconseja llevar consigo durante el viaje un teléfono de contacto para comunicar las incidencias que pudiesen surgir. Los posibles perjuicios derivados de incumplimientos de las condiciones pactadas pueden ser reclamados, para lo cual, además de cumplimentar las hojas de reclamación, que habrán de ser puestas a su disposición del consumidor por parte de la agencia, conviene reflejar y documentar dichas deficiencias de algún modo, como puede ser mediante la toma de fotografías, etc. OVERBOOKING Destaca en esta guía la información relativa a la muy habitual contratación con las agencias de viajes de los denominados viajes combinados, parte en la que dedica un capítulo al denominado overbooking o sobreventa de billetes aéreos, práctica muy frecuente en esta época. Ante esta situación, el consumidor debe conocer sus derechos y, principalmente, la opción que la compañía le debe ofrecer de rembolsar el precio pagado o ser conducido hasta el destino final, además de una compensación económica variable en función del trayecto; dos llamadas gratuitas o servicios equivalente como télex, fax o correo electrónico; comida y bebida suficiente, así como, si así es necesario, alojamiento y transporte. La publicación realizada por la Dirección General de Salud Pública y Consumo de la Junta de Castilla y León también hace hincapié en todo lo relativo a las cancelaciones y retrasos en los vuelos, así como los derechos del consumidor en los transportes en tren y carretera, además de un útil directorio donde poder efectuar otras consultas en esta materia. 

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