Asociación Profesional de Controladores de Tránsito Aéreo de España

Obligan a Youtube a retirar comunicaciones entre controladores y pilotos

Publicada 03/04/13 -Actualizada 01/04/22 10:55h
Obligan a Youtube a retirar comunicaciones entre controladores y pilotos

La Asociación Profesional de Controladores de Tránsito Aéreo (Aproctaha conseguido que la plataforma Youtube retire de su web comunicaciones entre pilotos y controladores, cuya retransmisión viola la Ley de la Seguridad Aérea.

La normativa aeronáutica nacional y europea regula estrictamente el uso que de estos archivos se puede hacer, siendo únicamente “aquel relativo a una investigación por parte de los organismos vinculados a la seguridad aérea,  no pudiendo difundir ninguno de los datos, grabaciones o comunicaciones”.

Después de consultas técnicas y jurídicas , Aprocta y sus Servicios Jurídicos se pusieron en contacto con la plataforma Youtube para solicitarle la retirada de grabaciones entre pilotos y controladores por estar protegidas tanto por la Ley de las Telecomunicaciones, como por la Ley de la Seguridad Aérea.

En el escrito, los Servicios Jurídicos de Aprocta expusieron a Youtube que “esas grabaciones están amparadas en la Ley Orgánica de Protección de Datos” y su difusión “constituye un tratamiento de datos ilegítimo que no cuenta con la autorización administrativa previa”.

Obligan a Youtube a retirar comunicaciones entre controladores y pilotos
Obligan a Youtube a retirar comunicaciones entre controladores y pilotos

Tras analizar la petición de Aprocta y sus argumentaciones, Youtube comunicó su decisión de bloquear el acceso a dichas grabaciones; una medida que la asociación de controladores ha valorado, ya que, “dificulta que eventos desgraciados, como las conversaciones entre pilotos y controladores en el accidente de Spanair, se difundan creando indefensión a los colectivos profesionales y provocando un juicio paralelo”.

Seguridad aérea

Asimismo, la asociación de controladores acota que este tipo de archivos de voz, protegidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos, conforme a la Agencia Estatal de Protección de Datos, solo Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) está autorizada a grabar y archivar este tipo de comunicaciones, no pudiendo existir archivos en poder de otras empresas o particulares.

Según la normativa de comunicaciones aeronáuticas, la reproducción de estas interlocuciones -no dirigidas al público- solo debe utilizarse en el marco de la investigación de un incidentes, accidentes o cualquier otro aspecto.

Aprocta destaca que "tienen un fin exclusivamente técnico para la mejora de la seguridad aérea y no es legal la distribución de estas grabaciones fuera del ámbito de la investigación, además de provocar una merma de la confianza de los pilotos y controladores que son grabados en sus trabajos”.

La asociación explica que, aunque estas comunicaciones son radiadas en abierto en lo que se conoce como “banda aérea” del espectro radiofónico, la Ley General de las Telecomunicaciones especifica que “no se permite la interceptación, sin autorización, de telecomunicaciones no destinadas al público en general”, así como “la divulgación del contenido, o de la simple existencia de mensajes no destinados al público en general, emitidos o recibidos a través de servicios de telecomunicaciones, a los que se acceda mediante la interceptación voluntaria o involuntaria, su publicación o cualquier otro uso de ellos sin la debida autorización”.

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