Resolución del Mincetur

Perú habilita seis nuevas modalidades de turismo aventura

El organismo busca ampliar la oferta formal, actualizando la clasificación de actividades permitidas

Publicada 24/11/21 -Actualizada 20/12/21 02:03h
Perú habilita seis nuevas modalidades de turismo aventura

El turismo aventura crece al ritmo de la “nueva normalidad” y también se sigue diversificando. En ese marco, el Gobierno de Perú decidió actualizar la lista de modalidades habilitadas, llevando la lista de 16 a 22 actividades. ¿Cuáles son las nuevas seis?

Muchas veces, las normas generan cambios en la vida cotidiana, dando pasos por delante de las sociedades e incluso las industrias. Pero otras veces es la realidad la que impulsa la actualización de las leyes. Y esto último es lo que sucedió con el turismo aventura en Perú.

La “nueva normalidad”, con el turismo de naturaleza como protagonista, puso de relieve la necesidad de los destinos de ampliar su oferta para satisfacer a una demanda no sólo creciente, sino también más específica y exigente. Y Perú trabajó en ello a lo largo de toda la pandemia, a través de las capacitaciones dictadas por PromPerú a agencias y prestadores.

Perú habilitó seis nuevas modalidades de turismo aventura, y ahora son 22 actividades

Eso generó una gran presión sobre el Estado para adaptar normas ya caducas como, por ejemplo, una resolución de 2018 que habilitaba la práctica de una lista de 16 modalidades de turismo aventura. E incluso para ese entonces parecía insuficiente.

Este 19 de noviembre, el ministro de Comercio Exterior y Turismo, Roberto Sánchez, firmó la Resolución Ministerial Nº 197-2021-Mincetur, que eleva el número a 22 modalidades, es decir, suma 6 a las ya existentes para “implementar una serie de medidas y reglamentación a favor de la seguridad de los usuarios, además de promover las actividades al aire libre”.

Parapente en Lima, una de las 22 modalidades de turismo aventura habilitadas en Perú

¿Cuales son las 22 modalidades aprobadas ahora? Son ala delta; barranquismo; buceo; cabalgata; canopy o zipline; ciclismo; columpio extremo; esquí; escalada; escalada en árboles; espeleología o exploración de cuevas; kayak; kite surf; parapente; puente tibetano; puentismo; rápel; sandboard; stand up paddle; tabla a vela; vía ferrata; y zipline bike.

Las seis que no figuraban en la lista de 2018 son columpio extremo, escalada en árboles, puente tibetano, stand up paddle, vía ferrata y zipeline bike. Las definiciones de todas ellas se pueden encontrar en la propia resolución.

Finalmente, y al respecto, Sánchez afirmó: “Ahora las 22 modalidades serán enmarcadas a las disposiciones del Reglamento de Seguridad para la Prestación del Servicio Turístico de Aventura”, y agregó: “El turismo de aventura es un importante generador de empleo y divisas. Ahora, ante el COVID-19, es necesario promover las actividades al aire libre, siempre con la implementación de las medidas de seguridad”.

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