CNMC rechaza el recurso de Ávoris contra una orden de inspección

Investigación por posibles prácticas anticompetitivas en el reparto del CORA

Publicada 15/06/23 -Actualizada 10/07/23 02:01h
CNMC rechaza el recurso de Ávoris contra una orden de inspección

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha desestimado un recurso presentado por Ávoris Corporación Empresarial (y otras sociedades del grupo) contra la orden de inspección para investigar posibles prácticas anticompetitivas entre agencias de viajes “en acuerdos para la manipulación y reparto de licitaciones convocadas por la Administración General del Estado”.

Las sociedades pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses

El recurso interpuesto por Sekai Corporate Travel, Gestión de Viajes Deneb, Ávoris Corporación Empresarial, Viajes Ecuador y Viajes Halcón, contra la orden de inspección del 15 de marzo de 2023, tuvo entrada a la CNMC el pasado 13 de abril. Dos meses más tarde, fue rechazado.

En dicho recurso, las sociedades consideraban que la orden de inspección “debe declararse nula, puesto que su contenido es amplio, indeterminado, desproporcionado y se extralimita ostensiblemente respecto del indicio del que partía la DC para llevar a cabo la inspección”

CNMC rechaza el recurso de Ávoris contra una orden de investigación
Stand de Ávoris Corporación Empresarial en FITUR. Fuente: @Ávoristravel (Instagram).

La inspección, explican en el recurso, “partía de un indicio único muy concreto, que hacía referencia a los supuestos acuerdos de reparto de licitaciones convocados por la Administración General del Estado para la prestación de servicio de agencia de viajes en España y en el extranjero, llevados a cabo, supuestamente, por la sociedad Sekai, ‘entre otras’, desde al ‘menos’ el año 2017”.

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Sin embargo, las sociedades consideran que la inspección se apartó “de manera injustificada, desproporcionada y sin ningún tipo de motivación del indicio que justificaba la inspección”, alcanzando “a sociedades que nada tiene que ver con el indicio del que partía la DC, vulnerándose el derecho a la inviolabilidad del domicilio recogido en el artículo 18.2 de la Constitución Española”.

Además, señalan que la orden de Inspección indica como marco temporal “al menos desde 2017”, a pesar de que, "ninguna sociedad perteneciente al Grupo Ávoris había presentado oferta alguna a concursos CORA con anterioridad, ya que las sociedades que lo hicieron antes de esa fecha no pertenecían en ese momento al grupo".

Pese a los motivos presentados, el pasado 7 de junio, la CNMC resolvió “desestimar el recurso presentado” contra la orden de inspección de 15 de marzo de 2023, al considerar que no se vulneró el derecho a la inviolabilidad del domicilio, ni se provocó un perjuicio irreparable a las recurrentes. De esta forma, puso fin a la vía administrativa, aunque las sociedades tienen dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

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