La sentencia de la Audiencia Nacional, que reconoce la posición de dominio de Iberia, podría desactivar el expediente de Defensa de la Competencia por los "fees"

Publicada 06/04/05
La sentencia de la Audiencia Nacional, que reconoce la posición de dominio de Iberia, podría desactivar el expediente de Defensa de la Competencia por los "fees"
La sentencia de la Audiencia Nacional que ratifica la resolución de 2002 del Tribunal de Defensa de la Competencia (en la que se sancionaba a Iberia con 700.000 euros por abuso de posición de dominio por el sistema de comisiones para las agencias, Valor"98), podría tener un alcance mucho mayor que la mera sanción a la compañía. Según diversas fuentes jurídicas consultadas por este diario, la sentencia podría acabar beneficiando, no sólo a Iberia, sino también a Spanair, Air Europa y a las agencias de viajes, ya que podría constituirse como un importante precedente que podría desactivar el actual expediente abierto por el Servicio de Defensa de la Competencia a las tres compañías mencionadas y a CAAVE por posible acuerdo en el cobro de los "fees". Según los expertos consultados, el reconocimiento que hace el propio Tribunal de Defensa de la Competencia (al que da la razón la Audiencia Nacional) de que Iberia ostenta una posición de dominio en el mercado español, viene a reforzar las tesis de CAAVE y de las compañías Spanair y Air Europa, que argumentan que no existe tal acuerdo, sino que se limitan a seguir lo que hace la compañía dominante, como es práctica habitual y legalmente admitida en estrategias comerciales.
La sentencia de la Audiencia Nacional que ratifica la resolución de 2002 del Tribunal de Defensa de la Competencia (en la que se sancionaba a Iberia con 700.000 euros por abuso de posición de dominio por el sistema de comisiones para las agencias, Valor"98), podría tener un alcance mucho mayor que la mera sanción a la compañía. Según diversas fuentes jurídicas consultadas por este diario, la sentencia podría acabar beneficiando, no sólo a Iberia, sino también a Spanair, Air Europa y a las agencias de viajes, ya que podría constituirse como un importante precedente que podría desactivar el actual expediente abierto por el Servicio de Defensa de la Competencia a las tres compañías mencionadas y a CAAVE por posible acuerdo en el cobro de los "fees". Según los expertos consultados, el reconocimiento que hace el propio Tribunal de Defensa de la Competencia (al que da la razón la Audiencia Nacional) de que Iberia ostenta una posición de dominio en el mercado español, viene a reforzar las tesis de CAAVE y de las compañías Spanair y Air Europa, que argumentan que no existe tal acuerdo, sino que se limitan a seguir lo que hace la compañía dominante, como es práctica habitual y legalmente admitida en estrategias comerciales. COMPETENCIA NO DIJO NADA CUANDO LAS COMISIONES BAJARON AL 7,5%.- Es decir, que Iberia, como compañía dominante del mercado español, ha marcado las reglas del juego que ha seguido el resto, tanto aerolíneas como agencias. Según diversas fuentes del sector de agencias de viajes, "en estas condiciones, es difícilmente imaginable que las agencias de viajes no hayan tenido que adecuar sus estrategias comerciales. Esperamos y deseamos la profunda reflexión del Tribunal de Defensa de la Competencia sobre este aspecto". Estas mismas fuentes aportan un detalle añadido: "En 1998/1999 Defensa de la Competencia nunca vio indicios de concertación cuando todas las compañías aéreas redujeron sus comisiones a las agencias hasta el 7'5%. ¿Dónde estaban entonces las reglas de la competencia? ¿Es que las reglas de la competencia son más reglas si la denuncia la hace una asociación de consumidores?" (José Manuel de la Rosa / HOSTELTUR) (agencias@hosteltur.com)
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