ACAV reclama modificar la normativa ante cancelaciones por "fuerza mayor"

Publicada 22/09/10
ACAV reclama modificar la normativa ante cancelaciones por "fuerza mayor"
La Asociación Catalana de Agencias de Viajes (ACAV) ha comunicado a la Agrupación Europea de Agencias de Viajes (ECTAA) lo que considera "urgente necesidad" de modificar la Directiva sobre viajes combinados, especialmente lo referido a la responsabilidad de la agencia en supuestos de "fuerza mayor", ya que a las empresas les está suponiendo tener que soportar gastos no recuperables.
En este sentido, y según señala a HOSTELTUR la gerente de ACAV, Marián Muro, ?la Directiva 13/90 sobre viajes combinados establece que si antes de la salida se produce una modificación sustancial del contrato de viaje combinado, o el organizador se ve obligado a cancelar, el consumidor afectado puede escoger entre otro viaje combinado de calidad equivalente o superior o el reembolso del importe abonado. Esta elección se mantiene aunque el viaje se deba cancelar por causa de ?fuerza mayor", en cuyo caso los organizadores de viaje se ven obligados si así lo elije el cliente a reembolsarles el 100% aunque la causa de la cancelación sea ajena a ellos?.
 
Según Muro, ?esta situación está ocasionando graves perjuicios a los organizadores de viaje pues cada vez son más frecuentes situaciones de ?fuerza mayor" y, si bien reembolsan a los clientes el importe, en muchas ocasiones se ven obligados a tener que abonar gastos de anulación que les giran los proveedores, los cuales, la normativa impide puedan repercutir al cliente?.
 
Casos de ?fuerza mayor" cada vez más frecuentes
 
Y la gerente de la asociación se refiere a casos como los del efecto de la nube volcánica, los conflictos en Tailandia, las huelgas de controladores, ?huracanes, huelgas de tripulaciones, ahora la huelga del día 29, etc?, que, según Muro, ?son supuestos considerados como de ?fuerza mayor" y en estos casos, si bien las organizadoras no cancelan directamente, lo cierto es que por causa ajenas a ellos el viaje se debe cancelar por la imposibilidad de poder prestar el servicio, en este caso el aéreo. En estas ocasiones el cliente solicita el reembolso del importe abonado y la organizadora debe devolvérselo, pero no le puede repercutir al cliente los gastos de anulación que se generan (los proveedores contratados, hoteles, excursiones, etc, cobran a la organizadora los gastos de anulación con independencia de que el viaje no se pueda efectuar por una causa de fuerza mayor)?.   
 
Ante esta situación, ACAV entiende que urge una modificación de la Directiva sobre viajes combinados ?en el sentido de que se modifique la responsabilidad de los organizadores en casos de ?fuerza mayor". En ese sentido propone ?que si se cancela el viaje por causas de fuerza mayor, el consumidor tenga derecho al reembolso del importe abonado a excepción de los gastos de anulación debidamente justificados que se hayan generado.  Lo que es inviable y está poniendo en riesgo la supervivencia del sector es que los organizadores deban asumir unos costes de anulación cuando la causa de la cancelación no es imputable a ellos?.
 
Y destacan que ?ni en España ni en ningún otro país del mundo hay compañía de seguros que cubra el riesgo empresarial de un organizador de viajes. Existen seguros de asistencia en viaje para los clientes, pero no hay ningún seguro que cubra los importes de anulaciones que deben asumir los organizadores en casos de cancelación por fuerza mayor?.     
 
José Manuel de la Rosa (josemanuel.delarosa@hosteltur.com
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