Crecimiento y orden: los retos del turismo ante la Ley 368-22 en República Dominicana
9 mayo, 2025 (12:24:09)Toda gran transformación comienza con una pluma y un propósito.
República Dominicana, con su Ley de Ordenamiento Territorial, empezó a escribir uno de los capítulos más decisivos de su historia: ordenar su crecimiento turístico sin renunciar a su esencia.
La aplicación de la Ley 368-22 de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos, en vigor desde 2022, es cada vez más visible para sectores estratégicos como el turismo, la inversión inmobiliaria y el desarrollo urbano.
Tras la anulación parcial de varios artículos por parte del Tribunal Constitucional en marzo de 2025 —que reafirmó la autonomía municipal sobre el uso del suelo—, el Gobierno trabaja en ajustes normativos para garantizar que el nuevo marco respete las competencias locales sin frenar los objetivos de ordenación.
Mientras tanto, en lugares como Verón-Punta Cana, autoridades y sectores privados ya están alcanzando acuerdos para delimitar áreas de desarrollo turístico, incluso sin que el reglamento definitivo de la ley esté aprobado.
Avances en la planificación municipal
La Ley 368-22 exige que cada municipio cuente con su propio Plan Municipal de Ordenamiento Territorial (PMOT).
San Francisco de Macorís ha sido el primero en aprobarlo, y otros municipios turísticos están siguiendo el mismo camino.
El objetivo del Gobierno es ambicioso: lograr que al menos el 50 % de los municipios del país cuenten con su PMOT aprobado antes de 2028.
¿Qué implicaciones tiene para el sector hotelero?
Aunque la nueva normativa apuesta por un crecimiento más sostenible y planificado, para los hoteleros y desarrolladores turísticos plantea también algunos retos prácticos que conviene tener en cuenta:
- Demoras en autorizaciones: En municipios donde el plan todavía no está aprobado, los permisos de construcción pueden ralentizarse o estar sujetos a cambios.
- Reclasificación de suelos: Algunos terrenos que parecían aptos para proyectos hoteleros podrían ser designados como no urbanizables o de protección ambiental.
- Mayor burocracia local: Cada ayuntamiento tendrá su propio criterio de evaluación, lo que puede implicar requisitos adicionales o diferentes de un municipio a otro.
- Costes de adaptación: Adecuar los proyectos turísticos a los nuevos estándares de uso de suelo y sostenibilidad puede generar costes adicionales no previstos inicialmente.
- Incertidumbre transitoria: Hasta que todos los municipios completen sus planes, algunos inversores podrían enfrentar un marco regulatorio aún en transición.

¿Qué soluciones podrían aplicarse? La experiencia de Baleares
Para minimizar estos riesgos y facilitar el desarrollo turístico en esta fase de transición, se podrían explorar soluciones basadas en experiencias internacionales. Un ejemplo que puede ser inspirador es el modelo aplicado en nuestras Islas Baleares, España.
En Baleares, la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 8/2012 de Turismo fue recientemente modificada el 11 de abril de 2025 mediante el Decreto Ley 4/2025, publicado en el BOIB núm. 46.
Esta reforma ha introducido un régimen extraordinario para permitir la modernización y mejora de establecimientos turísticos existentes, incluso en zonas en proceso de reconversión o donde todavía no se ha culminado la planificación urbanística definitiva.
Se trata de salvar la "tela de araña" tejida por los múltiples planeamientos locales a lo largo de los años, mediante la intervención de la autoridad turística (Conselleria de Turismo, Consell de Mallorca).
Se trata de superar la complejidad que se ha generado por los múltiples planeamientos urbanísticos locales acumulados a lo largo de los años, mediante la intervención de la autoridad turística competente (Conselleria de Turismo o, en su caso, el Consell de Mallorca).
El informe previo de esta autoridad turística será vinculante para cada municipio y, en caso de ser favorable, permitirá flexibilizar o adaptar el cumplimiento de parámetros urbanísticos locales que antes bloqueaban la inversión, con el objetivo de incentivar la reforma y modernización de la planta hotelera, así como de la oferta complementaria.
Gracias a esta disposición reformada, los hoteles y resorts pueden acogerse ahora a la posibilidad de presentar planes de calidad homologados, que acrediten mejoras en sostenibilidad, accesibilidad y seguridad, permitiéndoles seguir operando y evolucionando incluso mientras se culminan los procesos de planeamiento municipal.
Este enfoque no es ajeno a la República Dominicana, donde históricamente el Ministerio de Turismo ha tenido un papel fundamental en el impulso de desarrollos turísticos estratégicos. Perder esa capacidad de acción, dejando los proyectos atrapados en la "tela de araña" de los nuevos planeamientos, sería un error que en Baleares ahora se está corrigiendo.
¿Por qué sería importante tenerlo en cuenta en República Dominicana?
En el contexto actual de la Ley 368-22, donde muchos municipios aún están elaborando sus PMOT, adoptar un instrumento similar permitiría:
- Evitar la paralización de proyectos turísticos en zonas maduras.
- Garantizar la continuidad de inversiones bajo nuevos parámetros de sostenibilidad.
- Ofrecer seguridad jurídica mientras se completa el ordenamiento municipal.
Un modelo inspirado en Baleares permitiría equilibrar la necesidad de ordenar el territorio con la necesidad de no detener el motor económico que representa el turismo.
La historia del turismo dominicano está escribiendo un nuevo capítulo. Desde Monlex, acompañamos a nuestros clientes para que no sean meros espectadores, sino autores protagonistas de un desarrollo ordenado, sostenible y preparado para resistir el paso del tiempo.
Joana Tremba
Abogada de MONLEX
jtremba@monlexabogados.es
Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta
Inicia sesiónEsta opinión no tiene comentarios.