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Condenado un piloto por arriesgar la seguridad del pasaje

1 febrero, 2006

La sentencia es consecuencia de una demanda presentada en su día por el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla), que en un comunicado exige responsabilidades al Ministerio de Fomento por justificar la actuación de Garriga durante el proceso, en lugar de adoptar las necesarias medidas correctoras. Según el Sepla, el juzgado considera probado que el comandante y ex directivo inició un vuelo con 110 pasajeros sin contar con el suficiente oxígeno de emergencia en cabina, y expresa su satisfacción por esta decisión judicial, si bien lamenta que la pena de arresto de diez días no vaya acompañada de una inhabilitación profesional acorde al comportamiento del demandado. El Sepla interpuso en su día una querella contra el comandante de la compañía Aebal Joaquín Garriga por la presunta comisión de un delito de imprudencia grave en un vuelo entre Madrid y Palma, efectuado el 17 de abril del año 2001. Sepla sostuvo ante los tribunales que, con su decisión de completar el vuelo sin ajustarse a lo requerido en las listas mínimas de equipo (MEL) de ese avión, en cuanto a la provisión de oxígeno de emergencia en cabina, Garriga pudo poner en peligro la vida de las personas que viajaron en él. La provisión de oxígeno de emergencia en cabina es un elemento obligatorio, incluido dentro de la MEL de ese avión, un Boeing 717, y no se puede volar si la única botella a bordo no se encuentra en capacidad de funcionamiento o de suministro de oxígeno. HOSTELTUR (transportes@hosteltur.com) 

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