El Gobierno aprueba el Real Decreto-ley

Abren la operación de servicios de AVE y Larga Distancia a nuevas empresas

Publicada 22/12/18 -Actualizada 15/01/19 02:02h
Abren la operación de servicios de AVE y Larga Distancia a nuevas empresas
  • El nuevo Real Decreto-ley establece en el mes de diciembre de 2020 la entrada de nuevas empresas en el transporte de pasajeros en tren
  • Esta fecha no afecta a los servicios sometidos a Obligación de Servicio Público, que abarcan las Cercanías, Media Distancia y AVANT
  • De este modo se realiza la trasposición a nuestro ordenamiento jurídico del llamado “cuarto paquete ferroviario” de la Unión Europea

El Consejo de Ministros, ha aprobado este viernes el Real Decreto-ley que modifica la vigente Ley 38/2015, del 29 de septiembre, del sector ferroviario y marca en el mes de diciembre de 2020 el inicio para la entrada de nuevas empresas ferroviarias en el transporte de viajeros por ferrocarril en los servicios de Alta Velocidad y Larga Distancia, completando el proceso de liberalización del transporte ferroviario de pasajeros.

A partir de dicha fecha, cualquier empresa que disponga de la licencia de empresa ferroviaria y certificado de seguridad, otorgados por la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, y haya solicitado el uso de la infraestructura ferroviaria al administrador de la infraestructura, podrá prestar servicios en competencia con Renfe.

Esta fecha no afecta a los servicios sometidos a Obligación de Servicio Público, que abarcan las Cercanías, Media Distancia y AVANT. La normativa europea permite a los Estados Miembros optar porque los servicios OSP no sean licitados obligatoriamente hasta 2023, período que puede ampliarse si existe un contrato vigente a dicha fecha.

Teniendo en cuenta esta posibilidad, el Real Decreto-ley ha optado por un enfoque prudente dentro de los servicios sometidos a Obligación de Servicio Público, asegurando que Renfe siga prestando estos servicios hasta la finalización del contrato firmado recientemente, que prevé una vigencia mínima de 10 años, ampliable cinco más.

"De este modo, se evita someter a las incertidumbres propias de un proceso de liberalización inédito en nuestro país servicios esenciales para la sociedad y permite, por otro lado, asegurar la continuidad en su prestación, una planificación a largo plazo del servicio y la ejecución de las inversiones necesarias para garantizar un servicio de calidad al ciudadano", destaca Fomento.

Asimismo, el Real Decreto-ley completa y aclara el marco normativo actual, de forma de establecer las bases jurídicas que regirán la futura competencia de Renfe y las nuevas empresas ferroviarias. "En este sentido, se refuerzan los requisitos de independencia y transparencia de los administradores de infraestructuras ferroviarias frente a las empresas ferroviarias que operen en la red".

De este modo se realiza la trasposición a nuestro ordenamiento jurídico del llamado “cuarto paquete ferroviario” de la Unión Europea, y se completa la de paquetes anteriores que requería de determinadas aclaraciones del entorno normativo.

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