El expediente pasa a la segunda fase

Competencia ve “posibles obstáculos” en turoperación en la operación Globalia-Orizonia

Publicada 13/02/13 -Actualizada 15/07/18 23:22h
Competencia ve “posibles obstáculos” en turoperación en la operación Globalia-Orizonia

El visto bueno de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) a la compra de Orizonia por parte de Globalia tendrá que esperar un poco más. Cuando todos daban por hecho que era inminente la aprobación, la CNC ha sorprendido pasando el expediente a  ‘segunda fase’, “a la vista de posibles obstáculos para la competencia” en el sector de la turoperación. Ahora se abre un plazo máximo de dos meses para la decisión definitiva de la CNC. 

La CNC señala que los dos grupos son “las principales operadoras, en cuanto a tamaño y naturaleza, del sector turístico español, con presencia en los mercados verticalmente integrados de agencias de viaje mayoristas (turoperadores) y minoristas, gestión de establecimientos hoteleros y servicios de transporte aéreo de pasajeros”.

Y argumenta el paso a la segunda fase por considerar que “es preciso un análisis en profundidad de la operación de concentración notificada, a la vista de los posibles obstáculos para el mantenimiento de la competencia efectiva en distintos mercados relacionados con el sector turístico”.

Competencia indica que “dado que, como consecuencia de la operación, Globalia se convertirá en el principal turoperador en España, así como en el principal oferente de los servicios necesarios para formar paquetes turísticos a determinados destinos, la concentración podría incidir sobre la competencia en el mercado de turoperadores, tanto por el refuerzo de su posición en él, como por su capacidad de modificar las condiciones de la oferta, de forma que favorezca sus productos frente a los de terceros mayoristas”.

Efecto de la turoparción en las agencias, el aéreo, agencias y hoteles

La CNC ve que ese dominio en turopración puede afectar al restro de actividades: “Además, la concentración tendría efectos en los mercados de transporte aéreo, por cuanto una mayor cuota como agencia mayorista permitiría a la empresa resultante de la concentración un incremento de las ventas de asientos en los vuelos. Lo mismo puede decirse del mercado de agencias minoristas, en tanto que el reforzamiento de Globalia como oferente mayorista podría permitirle debilitar la capacidad competitiva de otras agencias minoristas mediante el endurecimiento de las condiciones de acceso a determinados productos (vuelos, hoteles, etc.). Asimismo, podrían producirse efectos sobre la gestión de servicios hoteleros, en forma de un posible endurecimiento de las condiciones de oferta de las plazas hoteleras”.

Plazo de alegaciones de posibles afectados

La CNC añade que hará pública una nota sucinta recogiendo los principales extremos de la operación “a fin de que las personas físicas y jurídicas que puedan resultar afectadas por la operación puedan presentar sus alegaciones. El artículo 9 de la Ley 15/2007 prevé la posibilidad de que los notificantes de la operación de concentración soliciten motivadamente el levantamiento de la suspensión de la ejecución de la misma en cualquier momento del procedimiento, no habiéndose presentado ante la CNC solicitud alguna en este sentido a día de hoy [13 de febrero]”.

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