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Los afectados por el cierre de Air Comet no necesitan de letrado ni procurador

14 abril, 2010

Así lo ha informado el Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU), cuyos portavoces destacan que, una vez el Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid declare el concurso y sea publicado en el BOE así como el nombramiento de los administradores, según el procedimiento previsto en la Ley Concursal, los acreedores contarán con un mes para realizar la reclamaciones correspondientes.

De acuerdo con la norma, las solicitudes serán formuladas a través de un escrito que deberá ir firmado por el afectado, o por cualquier otra persona que acredite representación suficiente, y dirigido al Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid.

Adicionalmente, debe ser presentado en el Registro General. Los portavoces del CCU recuerdan que la comunicación al juzgado debe incluir los datos de afectado (nombre, domicilio, documento de identificación), además de especificar el concepto de la deuda y cuantía y los documentos originales o copias autenticadas que la acrediten, como el billete en el que conste el importe o el documento de pago.



 

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