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La CEHAT considera que el Tribunal Supremo ha actuado con "falta de rigor" en la sentencia sobre los televisores

7 junio, 2007

Para la CEHAT este es uno de los factores que explican la situación a la que se ha llegado, una sentencia en la que se ordena "la inmediata suspensión de retransmisión de las obras y grabaciones contenidas en las emisiones de televisión" y la "expresa prohibición de reanudar tales actividades en tanto no sea expresamente autorizada". Otros factores que a juicio de la CEHAT explican lo sucedido son "la negligencia o ligereza de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE)", y "la falta de información de los recursos judiciales habidos por los hoteles" debido a una "falta de comunicación entre el hotel y su asociación provincial" que ha impedido que el apoyo de la CEHAT a los establecimientos llegase a tiempo. Advertencias a los asociados En la misma circular la Confederación, que califica la sentencia de "adversa", advierte a los asociados de que, pese a que la sentencia recoge que las habitaciones de los hoteles se consideran espacios públicos en lo que a pago de derechos se refiere, la Sociedad General de Autores y Editores de España (Egeda) "está obligada a negociar las tarifas con los usuarios", por lo que "hasta que no haya un convenio entre los hoteles y los titulares de derechos afines, es improbable la existencia de una obligación legal de pago alguno". En este sentido la CEHAT ha querido aclarar a sus socios que el Tribunal Supremo no avala "el pago de un canon anual de 61 millones de euros a Egeda" en contra de lo que algunos medios publicaron. Además asegura que esta sociedad "ha visto declaradas nulas por abusivas las tarifas exigidas al sector hotelero, en la sentencia firme del Tribunal Supremo de 18 de octubre de 2006". Finalmente pide a las distintas asociaciones remitir a la Confederación "cualquier reclamación judicial o extrajudicial al respecto". Carlos Álvarez (hoteles@hosteltur.com)