De acuerdo a lo que establece Ley 26.905

Argentina: restaurantes deberán ofrecer menús sin sal o podrán sufrir clausuras

Tienen 24 meses para adecuarse a la norma

Publicada 17/12/13
Argentina: restaurantes deberán ofrecer menús sin sal o podrán sufrir clausuras

La Ley 26.905 sobre la reducción del consumo de sodio publicada el lunes el Boletín Oficial, establece entre otras cosas que los restaurantes de Argentina deberán ofrecer un menú alternativo sin sal y en caso de no cumplir podrían sufrir sanciones que van desde la suspensión del local hasta su clausura por cinco años.

La ley, que fija los valores máximos de sodio que deberán alcanzar los grupos alimentarios agrega en su artículo quinto que, los locales gastronómicos deberán incluir en el menú un “mensaje sanitario” en el que se detallen “los riesgos del consumo excesivo de sal”.

Además, el Ministerio de Salud, como autoridad de aplicación, deberá “establecer en acuerdo con las autoridades jurisdiccionales los menús alternativos de comidas sin sal agregada, las limitaciones a la oferta espontánea de saleros, la disponibilidad de sal en sobres y de sal con bajo contenido de sodio, que deben ofrecer los establecimientos gastronómicos”.

La industria alimenticia y gastronómica tiene un plazo de 24 meses para adecuarse a la nueva norma.

Los locales gastronómicos tienen 24 meses para adecuarse a la Ley. #shu#
Los locales gastronómicos tienen 24 meses para adecuarse a la Ley. Imagen Shutterstock

La nueva normativa agrega que serán consideradas infracciones “comercializar productos alimenticios que no cumplan con los niveles máximos de sodio establecidos”, como así también “omitir la inserción de los mensajes sanitarios” tanto en los envases en que se comercializa la sal como en los menús de los restaurantes y “carecer los establecimientos gastronómicos de menús alternativos sin sal, de sobres con la dosificación máxima establecida o de sal con bajo contenido de sodio, así como contravenir la limitación de oferta espontánea de saleros establecida”.

En caso de corroborarse el incumplimiento por parte de los locales gastronómicos, se podrá recurrir a la “suspensión del establecimiento por el término de hasta un año” e incluso “la clausura del establecimiento de uno a cinco años”, agregando que estas sanciones “serán reguladas en forma gradual teniendo en cuenta las circunstancias del caso, la naturaleza y gravedad de la infracción, los antecedentes del infractor y el perjuicio causado”.

El consumo de sodio recomendado por la Organización Mundial de la Salud es de 5 gramos por día, pero en Argentina se consume más del doble, entre 11 y 12 gr. Según explican desde el Ministerio de Salud nacional, reduciendo 3 gramos el consumo diario se evitarían 6.000 muertes, 13.000 casos de ACV y 14.000 infartos al año.

Atentos al riesgo que genera, la temporada de verano pasada, en la provincia de Buenos Aires se había firmado un acuerdo entre el Ministerio de Salud bonaerense, la Secretaría de Turismo y la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA) para que más de 20 mil restaurantes y comercios de la Costa Atlántica retiren los saleros de mesas, tal como publicaba HOSTELTUR noticias de turismo

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