Iberia propone un arbitraje voluntario al SEPLA

Publicada 12/07/01
Iberia propone un arbitraje voluntario al  SEPLA
La compañía Iberia ha enviado una carta al Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA) en la que ante la intransigencia del mismo en la negociación del convenio y con el fin de evitar mayores daños de los que ya está provocando la actual huelga, le propone un arbitraje voluntario que, de aceptarse, sería vinculante para ambas partes, según dio a conocer la línea aérea en un comunicado de prensa.
La compañía Iberia ha enviado una carta al Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA) en la que ante la intransigencia del mismo en la negociación del convenio y con el fin de evitar mayores daños de los que ya está provocando la actual huelga, le propone un arbitraje voluntario que, de aceptarse, sería vinculante para ambas partes, según dio a conocer la línea aérea en un comunicado de prensa.La oferta, que de ser aceptada por el sindicato de pilotos éste deberá comunicarlo a Iberia antes de las 11:00 horas de hoy jueves, se basa en seis puntos: el SEPLA debe desconvocar la huelga y garantizar la paz social durante el periodo de arbitraje; ambas partes designarán un árbitro de común acuerdo en un plazo de 24 horas desde la aceptación de la oferta de arbitraje; el mediador designado desempeñará su función de forma totalmente independiente y establecerá el procedimiento que debe seguirse para resolver el conflicto; el àrbitro dictará la resolución en un plazo máximo de 15 días, salvo que a juicio de éste dicho plazo deba ser ampliado; los temas del arbitraje serán el VII Convenio Colectivo y la interpretación de los temas del convenio que son objeto de desacuerdo; ambas partes se comprometen a entregar por escrito al árbitro, en un plazo máximo de 48 horas, sus propuestas sobre las materias objeto de arbitraje y deberán aceptar la resolución que emita el árbitro, que tendrá carácter vinculante y efectos de convenio colectivo. La proposición de Iberia propone, por último, que si alguna de las partes tuviera cualquier duda o interpretación de la resolución ésta se someterá al árbitro, quien tendrá 10 días para resolver el tema planteado, quedando excluido cualquier otro procedimiento de demanda de conflicto colectivo o declaración de huelga legal sobre las materias contenidas en la resolución del árbitro. (HOSTELTUR)
Avatar redactor Redacción Hosteltur España
Más sobre Economía Hosteltur

Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta

Inicia sesión
Comentarios 0

Esta noticia no tiene comentarios.