Avión, tren y barco

Una autoridad autónoma investigará los accidentes de avión, tren y barco

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de ley para crear una nueva Autoridad Independiente de investigación técnica de accidentes e incidentes marítimos, ferroviarios y de aviación civil

Publicada 15/03/23 -Actualizada 10/04/23 02:00h
Una autoridad autónoma investigará los accidentes de avión, tren y barco

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Proyecto de Ley para la creación de la Autoridad Administrativa Independiente para la investigación técnica de accidentes e incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil. Los objetivos fundamentales del nuevo órgano serán esclarecer las causas de los siniestros y evitar que se repitan, proponiendo recomendaciones que mejoren la seguridad y absorberá las funciones de las comisiones análogas que existen separadamente en la actualidad.

El Proyecto de Ley, propuesto por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) será remitido a las Cortes Generales para su aprobación como Ley por el procedimiento de urgencia. Posteriormente, se tramitará su aprobación por el Consejo de Ministros y el Estatuto Orgánico de la Autoridad, con el fin de que pueda entrar en funcionamiento en esta Legislatura.

Tres en una

La nueva Autoridad ejercerá las funciones que actualmente desarrollan las tres Comisiones existentes para la investigación de accidentes e incidentes, adscritas orgánicamente a Mitma en régimen de independencia funcional: la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF), la Comisión Permanente de Investigación de accidentes e incidentes marítimos (CIAIM) y la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación civil (CIAIAC).

Hasta a entrada en funciones dela nueva Autoridad, las investigaciones en curso continuarán, fijándose un periodo transitorio entre la aprobación de la Ley y la constitución efectiva de la Autoridad Independiente, en el que las comisiones actuales continuarán desarrollando sus funciones según lo dispuesto.

Financiación propia

El objetivo es reforzar la independencia del organismo de investigación, ya que, a la independencia funcional actual, se sumarán la orgánica, con una personalidad jurídica diferenciada, y la financiera, obteniendo sus propios ingresos mediante su participación en la recaudación de determinadas tasas:
-Tasa de seguridad aérea
-Tasa de prestación de servicios y realización de actividades en materia de seguridad ferroviaria.
-Tasa de ayudas a la navegación
De acuerdo con el derecho comunitario y con las normas internacionales, los organismos de investigación de accidentes deben ser independientes funcionalmente de cualquier agente que pueda ser objeto de investigación.

En tal sentido, la figura de la Autoridad Administrativa Independiente de la que estará investida es la de mayor grado de independencia del poder ejecutivo existente en el derecho administrativo español y es la que tienen, por ejemplo, la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIREF), la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) o la Agencia Española de Protección de Datos.

Gobierno de la Autoridad

La Autoridad tendrá como máximo órgano de gobierno al Consejo que aprobará los informes finales de investigación. Estará integrado por un presidente y seis consejeros. La persona que ostente la presidencia tendrá rango de subsecretario y los consejeros y consejeras tendrán la condición de alto cargo de la Administración General del Estado.

Los miembros del Consejo serán nombrados por Real Decreto, a propuesta de la titular del Mitma, previa cosulta a entidades o instituciones con competencia en la materia, entre profesionales de reconocido prestigio y acreditada cualificación profesional en el ámbito de actuación de la Autoridad. Dos deben ser expertos en el sector aéreo, dos en el ferroviario y dos en el marítimo. Su mandato será de seis años, sin posibilidad de reelección, renovándose parcialmente cada tres años a los que toque por sorteo.

El nombramiento del presidente deberá contar con la conformidad de la Comisión competente del Congreso de los Diputados. En el caso de los consejeros o consejeras, dicha Comisión parlamentaria tendrá capacidad de veto.

Los miembros del Consejo realizarán sus funciones con dedicación exclusiva, y estarán sometidos a un estricto régimen de incompatibilidades, que incluye que durante los dos años siguientes a su cese no podrán realizar actividad privada alguna relacionada con el ámbito de actuación de la Autoridad.

Finalmente, se establecen unas causas tasadas de cese, para evitar que puedan ser cesados discrecionalmente.

También se regulan aspectos del régimen y funcionamiento de la Autoridad.

Necesaria independencia

Precisamente, la independencia de una de las tres comisiones, la de la CIAF, fue cuestionada tras su investigación del accidente del Talgo 04144 ocurrido en Santiago de Compostela en 2013, con 80 víctimas mortales y 152 heridos.

En 2016, la Unión Europea (UE) puso de manifiesto, a través de la Agencia Ferroviaria Europea (ERA), la falta de independencia y la invalidez de la investigación realizada por la CIAF y, en 2019, la Comisión Europea (CE) inició un procedimiento sancionador contra España por haber incumplido las directivas comunitarias en la investigación de accidentes.

En 2021, la asociación Plataforma Víctimas Alvia 04155 demandó al Ministerio de Transportes y a la CIAF ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid por incumplimiento de la normativa y su falta de independencia.

Sobre el tema:

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