Las agencias advierten a sus clientes ante la huelga de pilotos de Iberia

Publicada 05/07/06
Las agencias advierten a sus clientes ante la huelga de pilotos de Iberia
Ante la convocatoria de huelga de los pilotos de Iberia, la compañía ha informado de los detalles a las agencias, y varias de estas, a su vez, están informando a sus clientes sobre cómo actuar y las compensaciones e indemnizaciones a pedir en caso de verse afectados.
El sindicato de pilotos SEPLA ha convocado una huelga de Tripulantes Técnicos Pilotos de Iberia desde las 00:00 horas del día 10 de julio a las 24:00 horas del día 16 de julio de 2006, ambas incluidas y todas ellas peninsulares. Ante dicha convocatoria de huelga de pilotos, Iberia ha emitido comunicado a las agencias informando que la misma no afectará a los vuelos operados por Iberia Regional-Air Nostrum (vuelos comprendidos en la numeración entre IB8000 y IB8999). Ante esta situación, ya son varias las agencias de viajes que están poniendo en conocimiento de sus clientes lo dispuesto en el Reglamento 261/04 que se regula la denegación de embarque, las cancelaciones o los grandes retrasos. Según los comunicados de varias agencias, este reglamento dispone que, en caso de cancelación, la compañía deberá hacer efectiva al cliente una compensación por valor de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, de 400 para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, y de 600 euros para los restantes vuelos. Además, el mencionado Reglamento dispone que la compañía deberá ofrecer a los clientes el reembolso en el plazo de siete días del coste íntegro del billete, correspondiente a la parte del viaje no efectuada y a la parte del viaje efectuada si el vuelo ya no tiene razón de ser. Así como el traslado hasta el destino lo más rápidamente posible, en condiciones de transporte comparables. Igualmente, la compañía deberá ofrecer gratuitamente a los pasajeros alojamiento y transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento, en el caso de que sea necesario. ¿Fuerza mayor? No obstante, las agencias advierten que el citado reglamento dispone que la compañía no estará obligada a abonar compensaciones si puede probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podían haberse evitado. Las agencias recomiendan a sus clientes que, aunque el término "circunstancias extraordinarias" es indeterminado, en el caso de que se vean afectados por una cancelación, soliciten dicha compensación. En el supuesto que Iberia se niegue a abonar dicha compensación alegando causas de "fuerza mayor", las agencias recomiendan a sus clientes que dejen constancia de su disconformidad por escrito mediante la correspondiente reclamación. Por su parte, AEDAVE tiene previsto enviar una carta al SEPLA pidiendo más información sobre los detalles de la huelga y los servicios mínimos, ante los graves trastornos que la huelga, de llevarse finalmente a cabo, ocasionará entre los viajeros españoles, en plena época de salidas por vacaciones. José Manuel de la Rosa (redaccionmadrid@hosteltur.com)
Avatar redactor Redacción Hosteltur España

Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta

Inicia sesión
Comentarios 0

Esta noticia no tiene comentarios.