Abren expediente sancionador a cinco navieras que operan en el Estrecho

Publicada 11/03/09
Abren expediente sancionador a cinco navieras que operan en el Estrecho
La Comisión Nacional de la Competencia ha abierto un expediente sancionador contra varias de las navieras que prestan el servicio marítimo en el área del Estrecho de Gibraltar, en la ruta Ceuta-Algeciras, Cádiz, ante una presunta concertación de precios.
Las compañías implicadas son presuntamente Buquebus España, Euromaroc 2000, Eurolíneas Marítimas, EuropaFerrys y Acciona Trasmediterránea. Según la denuncia cursada en su contra por las autoridades de la Ciudad de Ceuta, con fecha de entrada en la Dirección de Investigación de la CNC el pasado 28 de mayo de 2008, estas empresas habrían incurrido en "una supuesta conducta prohibida por el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), consistente en la fijación de los precios del servicio de cabotaje marítimo de pasajeros y vehículos en la línea Ceuta-Algeciras- Ceuta" concretamente en el puente de Semana Santa, entre el 14 y el 27 de marzo del año pasado.

La acusación de las autoridades de Ceuta señala que esta conducta obedecería a "un pacto previo no escrito, una práctica concertada o, cuando menos, una práctica conscientemente paralela de las navieras denunciadas, que procedieron a suprimir simultáneamente el sistema de ofertas existentes hasta el momento y recuperaron las tarifas generales, extremadamente similares".

La Dirección de Investigación, en el marco de lo establecido en el apartado 2 del artículo 49 de la LDC, realizó una información reservada con el fin de determinar, con carácter preliminar, la concurrencia de circunstancias que justificasen la incoación de expediente sancionador.

Afirman que puede deducirse de la información obtenida que existen indicios racionales de una infracción del artículo 1 de la LDC por parte de las navieras denunciadas, consistente en una conducta colusoria de fijación de precios. "Visto el resultado de la información reservada y de conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 49 de la LDC, el 9 de marzo de 2009, la Dirección de Investigación ha acordado la incoación de expediente sancionador por prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la LDC contra Buquebus España S.A., Euromaroc 2000, S.L., Eurolíneas Marítimas, S.A., Europa Ferrys S.A. y Compañía Trasmediterránea, S.A.".

La apertura de expediente en ningún caso prejuzga la resolución final. Se abre ahora un plazo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la Comisión Nacional de la Competencia.

HOSTELTUR (transportes@hosteltur.com)

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