Tiempo muerto en los cobros: la LO 1/2025 entra en juego
22 agosto, 2025 (10:22:01)
En los últimos meses, el sector empresarial y, en lo que a nosotros nos afecta especialmente el turístico, se ha encontrado con un freno inesperado en la recuperación de deudas pendientes. La causa: la entrada en vigor de la LO 1/2025, que ha modificado de forma sustancial los tiempos de gestión de los impagos y ha establecido la obligación de hacer un “tiempo muerto” antes de interponer las demandas.
La norma ahora nos obliga a pasar por un nuevo “templo” antes de acudir a los juzgados. En palabras de la propia Ley: “antes de entrar en el templo de la Justicia, se ha de pasar por el templo de la concordia”.
Antes de abril de 2025, el procedimiento de gestión de cobros de deudas era el siguiente:
1. Reclamación extrajudicial (habitualmente por el departamento de administración).
2. Notificación formal desde el departamento jurídico o de recobro (carta certificada o burofax).
3. Presentación de demanda judicial.
4. Ejecución de la resolución.
En la actualidad, el procedimiento ha quedado tal que así:
1. Reclamación extrajudicial inicial.
2. Comunicación formal al deudor. NOVEDAD: Esta comunicación debe incluir invitación expresa a un MASC (medio alternativo de solución de conflictos) y conceder un plazo de un mes para respuesta.
3.NOVEDAD: Si el deudor acepta, se abre un procedimiento de MASC (conciliación, mediación, negociación o Oferta Vinculante Confidencial) con una duración máxima de tres meses.
4. Presentación de la demanda judicial.
5. Ejecución de la resolución.
En la práctica, esto significa que los deudores ganan automáticamente un mínimo de entre tres y cuatro meses adicionales antes de que el proceso judicial pueda iniciarse.
¿Como agilizar esta tramitación?
Aunque la Ley prevé distintas fórmulas, la Oferta Vinculante Confidencial se está imponiendo en la práctica. El deudor dispone de un mes para aceptarla o rechazarla, pero para que sea eficaz debe contener algún beneficio tangible: planes de pago, pequeñas quitas, etc. No basta con alegar “ahorro de costes judiciales”.
En conclusión, la LO 1/2025 no elimina la vía judicial, pero sí introduce un obligado “tiempo muerto” en la gestión de los impagos. Un escenario en el que los empresarios turísticos deberán anticiparse, adaptar sus protocolos de recobro y reforzar su estrategia financiera para no quedar atrapados en la ralentización.
Antoni Mut
Abogado de MONLEX
amut@monlexabogados.es
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