Turismo de Canarias ha sancionado a 89 establecimientos turísticos
15 marzo, 2007Fajardo destacó durante su comparecencia que "quienes incumplan quedarán excluidos de la oferta turística de Canarias, no podrán beneficiarse de las acciones promocionales, ni ser incluidos en los catálogos, ni ser comercializados por las agencias de viajes". Agregó que el cumplimiento del principio de unidad de explotación "es de una importancia vital". Por este motivo, "desde la Consejería de Turismo nos hemos preocupado de establecer un régimen normativo propicio para su cumplimiento y, a la vez, seguimos avanzando en la labor de control". El consejero añadió que los propietarios de apartamentos turísticos "pueden llevar a cabo directamente la explotación del edificio o complejo ya sea a través de la comunidad de propietarios o mediante cualquier otro medio organizativo empresarial en que se constituyan, pero también pueden encomendársela a una única empresa explotadora", aunque precisó que dicha empresa "deberá ostentar el correspondiente título habilitante expedido por los propietarios de las unidades alojativas, y ello, con carácter previo al ejercicio de su actividad de explotación turística". En el periodo correspondiente a los años 2001-2006 se ha sancionado a 89 establecimientos alojativos que incumplían el principio de unidad de explotación, de los que 44 se encuentran en Gran Canaria, 38 en Tenerife, cinco en Lanzarote y dos en Fuerteventura. "De estos 89 establecimientos, 75 corresponden a apartamentos turísticos y el resto a bungalows", matizó el consejero de Turismo. Fajardo destacó por último "la importancia que para la efectiva implantación y control del cumplimiento del principio de unidad de explotación tienen los cabildos insulares como gestores de las autorizaciones de apertura de establecimientos alojativos y su capacidad para revocar las mismas cuando tengan conocimiento del incumplimiento de este principio". HOSTELTUR (politica@hosteltur.com)