Los auxiliares de vuelo y los trabajadores de handling aducen ilegitimidad

A juicio Air Nostrum por los convenios del personal de tierra y TCP

Publicada 15/02/18 -Actualizada 03/07/18 22:58h
A juicio Air Nostrum por los convenios del personal de tierra y TCP
  • La Audiencia Nacional ha admitido la demanda de UGT por la presunta ilegitimidad del cuarto convenio colectivo y habrá juicio en abril
  • Empleo formuló de oficio demanda de impugnación ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional
  • UGT lo considera ilegítimo al no haber sido firmado por el recién electo Comité Intercentros

La demanda de UGT por la presunta ilegitimidad del cuarto convenio colectivo de Air Nostrum para su personal de tierra, servicios en tierra (handling) y tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) ha sido admitida y la Audiencia Nacional celebrará el juicio sobre su nulidad el próximo día 4 de abril.

Así lo ha dado a conocer este miércoles la organzación sindical en un comunicado, en el que ha recordado que el pasado 21 de junio denunciaron ante la Dirección General de Empleo que el convenio había sido negociado sin legitimidad por el sindicato USO. Empleo estimó su reclamación y formuló de oficio demanda de impugnación ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.

A juicio Air Nostrum por los convenios del personal de tierra y TCPA juicio Air Nostrum por los convenios del personal de tierra y TCP

Los antecedentes del conflicto provienen de las elecciones sindicales celebradas el pasado 22 de mayo del 2017, en cuyo proceso se dieron unos resultados que quedaron formalizados en la composición del nuevo Comité Intercentros, a juicio de UGT, el órgano legítimo que sería la base sobre la cual se constituirá la mesa negociadora del nuevo convenio colectivo.

La reclamación fue aceptada, según las fuentes, porque la Autoridad Laboral pudo constatar que los firmantes del IV Convenio Colectivo no coincidían con los miembros del actual -y legítimo- Comité Intercentros, y decidieron elevar la reclamación a la Audiencia Nacional y solicitar la nulidad del citado convenio.

Según el sindicato, el convenio es contrario a Derecho por no reunir los requisitos de legitimación establecidos en el artículo 87.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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