Abren un plazo de 30 días para presentar alegaciones

Aena publica las servidumbres acústicas para Palma de Mallorca

También para Alicante, Gran Canaria y Tenerife Norte

Publicada 24/02/11
Aena publica las servidumbres acústicas para Palma de Mallorca
  • La documentación será sometida a audiencia de los Ayuntamientos y Administraciones afectadas

Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) ha iniciado el periodo de información pública de documentación relativa a las propuestas de delimitación de las servidumbres acústicas (zonas en las que se soporta un índice de ruido determinado) de los aeropuertos de Palma de Mallorca, Alicante, Gran Canaria y Tenerife Norte, así como sus correspondientes Planes de Acción.

Después de que se publicara ayer el anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) los interesados disponen de 30 días a partir esa fecha para la formulación de alegaciones, informó el gestor aeroportuario.

La documentación está disponible en la página web de Aena y será sometida al procedimiento de audiencia a los Ayuntamientos y Administraciones afectadas, a las que ya se ha remitido la propuesta al objeto de que puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas.

Finalizado dicho plazo, Aena tomará en consideración las alegaciones recibidas y, en su caso, se incorporarán a la propuesta final que será analizada en la Comisión para las Servidumbres Acústicas y Planes de Acción de cada aeropuerto, que informará del establecimiento de las mismas y de los planes de acción asociados velando por su cumplimiento.

Dicha comisión estará formada por un representante del Ministerio de Fomento, un representante del ente gestor correspondiente, un representante del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y tres representantes designados por las comunidades autónomas, de los cuales al menos uno deberá representar a los ayuntamientos afectados.

Los informes emitidos por estas comisiones junto con las propuestas finales se elevarán al Ministerio de Fomento para su aprobación por Orden Ministerial que se ratificarán mediante Real Decreto en el plazo de un año.

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