Tripulantes de cabina

Ryanair no podrá exigir estar afiliado a CCOO para tener mejoras salariales

El Supremo declara que tanto Ryanair como CCOO han vulnerado la libertad sindical y anula la obligación de los tripulantes de cabina a afiliarse a ese sindicato

Publicada 18/06/25 Actualizada 18:07h

Ryanair no podrá exigir estar afiliado a CCOO para tener mejoras salariales

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El Tribunal Supremo corrige la decisión de la Audiencia Nacional y estima parte del recurso presentado por USO contra el acuerdo entre Ryanair y CCOO. Así, “expresamente se declara nula en esta parte y se tendrá por no puesta” la cláusula que recogía la obligación de estar afiliado a CCOO para beneficiarse de las subidas salariales pactadas con la empresa, y que rezaba: «… será de aplicación a todos los tripulantes de cabina empleados por Ryanair y afiliados a CCOO (incluyendo afiliados de CCOO durante la duración del acuerdo), siendo el acuerdo aplicable desde el mes que se afilien al sindicato».

Con esta corrección, el Supremo enmienda lo sentenciado por la AN, que lo atribuía a “una decisión de política sindical, que podrá o no ser compartida, pero que entra dentro de las facultades del sindicato, de su manera de concebir la acción sindical”.

La sentencia hace suya una de las peticiones de USO, al considerar que “tal cláusula infringe la dimensión negativa de la libertad sindical al inducir o presionar a los trabajadores no afiliados a afiliarse para no quedar excluidos de ciertas ventajas laborales”.

Ryanair no podrá exigir estar afiliado a CCOO para tener mejoras salariales
El Supremo tumba la exigencia de Ryanair de estar afiliado a CCOO para contar con mejoras salariales. Fuente: Archivo Hosteltur

Y considera que se ha producido una discriminación sindical porque “no puede establecer como requisito obligatorio para beneficiarse del acuerdo una condición discriminatoria, como la afiliación a un sindicato determinado”.

La sentencia, que responde a diferentes recursos presentados por USO, UGT, ATR y Sitcpla, estima parte de los dos primeros y, por ello, impone a Ryanair una indemnización por daños y perjuicios de 7.501 euros, por los daños morales derivados de tal vulneración de la libertad sindical.

USO-Sector Aéreo entiende que “ha triunfado la libertad sindical, al reconocerse, ya en sentencia firme y sin posibilidad de más recursos, el derecho de las personas trabajadoras a poder adherirse a un acuerdo extraestatutario firmado con un sindicato, sin tener que afiliarse a este". Esto evita la tentación de las empresas de ‘secuestrar’ a los trabajadores mediante la afiliación a un sindicato de elección patronal para reventar así la negociación colectiva y acallar a los sindicatos críticos”.

Las palabras de Ryanair tras el fallo

Tras el fallo, la compañía ha emitido un comunicado en el que destaca que son "buenas noticias" porque "el Tribunal Supremo ha desestimado las alegaciones de USO de que el acuerdo debía ser anulado y confirma que las mejoras salariales y condiciones aplicadas a la tripulación de cabina con base en España para el periodo 2022-2024 son válidas".

"Este ha sido otro intento más de USO de anular los aumentos salariales de nuestra tripulación de cabina española, pero ha fracasado", resaltó la aerolínea

"Nos complace que esta sentencia haya dado garantías a nuestra tripulación de cabina con base en España de que sus mejoras salariales y condiciones se mantendrán y no se verán reducidas por los continuos intentos de USO de anular los acuerdos que mejoran las condiciones laborales de la tripulación de cabina", concluye.

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