El Gobierno navarro incorpora la figura del hotel rural en su nuevo reglamento

Publicada 28/12/05
El Gobierno navarro incorpora la figura del hotel rural en su nuevo reglamento
El Gobierno de Navarra acaba de aprobar el Reglamento de Ordenación de Establecimientos Hoteleros, cuya principal novedad es la incorporación de la figura de "hoteles rurales". Para entrar en esta categoría, el Gobierno considera que deben estar ubicados en poblaciones de menos de 5.000 habitantes, tener menos de tres plantas y un máximo de 30 habitaciones, entre otras características.
El Gobierno de Navarra acaba de aprobar el Reglamento de Ordenación de Establecimientos Hoteleros, cuya principal novedad es la incorporación de la figura de "hoteles rurales". Para entrar en esta categoría, el Gobierno considera que deben estar ubicados en poblaciones de menos de 5.000 habitantes, tener menos de tres plantas y un máximo de 30 habitaciones, entre otras características. Este reglamento desarrolla la Ley Foral 7/2003, de 14 de febrero, de Turismo, y deroga el Decreto 48/1994, que regulaba esta materia. En el documento, los establecimientos se clasifican en hoteles, hoteles rurales, hoteles apartamentos, hostales y pensiones. Estos hoteles rurales deben estar instalados además en edificios de singular valor arquitectónico o que respondan a la arquitectura tradicional de la zona. A esta categoría de hoteles rurales se adscriben también los llamados hostales especiales, que reúnan las mismas condiciones en cuanto a las características del edificio, ubicación y número de habitaciones. Los hoteles rurales deben cumplir los requisitos de su categoría, si bien en materia de accesos y escaleras sólo les será exigible lo referido a prevención de incendios. El Reglamento aprobado ayer por el Gobierno introduce también cambios en lo referente a la mejora del servicio para clientes con discapacidad, ya que se obliga a tener una habitación adaptada para ellos por cada 50 habitaciones (antes eran 150) y se sustituye la exigencia del baño en la habitación por la ducha, para favorecer la utilización por personas con movilidad reducida. Según el nuevo Reglamento, los hoteles podrán tener alojamientos típicos de los apartamentos y habitaciones triples y cuádruples. Y, por último, se favorece que los establecimientos que no pueden alcanzar determinada categoría por pequeños incumplimientos de los requisitos establecidos, puedan obtenerla si ofrecen servicios adicionales no obligatorios que mejoren la calidad del alojamiento.
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