El Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial (COPAC) considera positiva pero insuficiente la Instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad, según la cual los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que no estén de servicio no podrán llevar armas en las cabinas de los aviones. Este colectivo se muestra contrario a la presencia de armas de fuego en cabina en cualquier situación.
Creen que la nueva medida toma en consideración su postura y refuerza en parte la seguridad en el transporte aéreo, pero afirman que aún queda pendiente negociar y determinar cómo se transportarán las armas de fuego de los agentes que sí estén de servicio.
Desde hace años, el COPAC viene alertando a la autoridad aeronáutica y a los responsables de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado del vacío normativo existente sobre el transporte de armas de fuego a bordo de aeronaves civiles, así como de los riesgos que dicho transporte podía suponer para la seguridad de los vuelos.
La institución asegura que las dudas y la preocupación que numerosos pilotos venían manifestando ante la falta de normativa clara al respecto le llevaron a realizar varias consultas a las autoridades competentes. Asimismo, a principios de 2006, presentó un Dictamen Jurídico en el que se rechaza categóricamente el transporte de armas de fuego a bordo de aeronaves civiles y determina que en el ordenamiento jurídico español no existe ninguna norma que permita su transporte.
HOSTELTUR (transportes@hosteltur.com)
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