Pololikashvili ONU·FORO Hosteltur 2025·KIKE SARASOLA·Españoles trípoli·senator·parador Molina de Aragón·absentismo laboral·airbnb·Pamplona·cHINA boeing·EUROVISIÓN 2025·iberia·camping·crucero lujo·skyscanner·IMSERSO·CONVENIO COLECTIVO·VIAJAR EN FAMILIA·MARUGAL·VIAJES VERANO 2025·TASA TURÍSTICA·MADRID·meliá·bad bunny·be live cuba·Ranking hosteltur·CONCURSO IMSERSO·CIUDADES MÁS POBLADAS·TRENES NOCTURNOS·VIAJAR BARATO·Imserso·AGENCIAS DE VIAJES·MUNDIPLAN·HUELGA RENFE·MELIÁ·HOSTELTUR TV·IMSERSO·BARCELÓ·TRANSACCIONES HOTELERAS·TURISMO SOCIAL·MARKETING TURÍSTICO·Cambio de hora·BARCELONA·CANARIAS·APERTURA HOTEL·HOTELES MÉXICO·TURISMO SOSTENIBLE·TURISMO INTERNACIONAL·ETIAS·DESTINOS ESPAÑA VIAJAR·MEJORES DESTINOS DEL MUNDO PARA VIAJAR·FESTIVOS 2025 ESPAÑA·DESTINOS EUROPA VIAJAR·
Hemeroteca Tarifas
Hosteltur, noticias de turismo para profesionales. Actualidad sobre hoteles, economía, agencias de viajes, aerolíneas y empresas de turismo.
  • Acceso / Registro
Academy
  • Última hora noticias
  • Hoteles y Alojamientos
  • Distribución
  • Economía
  • Transportes
  • Destinos
Premium

Hazte Premium por sólo 0,17€/día y accede a todo nuestro contenido sin límites.

Por Monlex Abogados, en Economía

Deudas de empresa y sentencia de cobro a favor de un tercero…

¿responde el órgano de administración?   23 marzo, 2022 (11:53:21)
Imagen opinión Hosteltur

Vivimos momentos difíciles y de incertidumbre en las relaciones comerciales.

Es tiempo de formular las cuentas anuales de las sociedades y seguidamente proceder a aprobar las mismas y la gestión del órgano de administración. Por ello, si las empresas están en medio de un procedimiento judicial en la que se les esté reclamando alguna deuda recomendamos que el órgano de administración tenga en cuenta el siguiente post.

Es habitual que tras un procedimiento judicial Su Señoría dicte una sentencia por medio de la cual se le reconoce a un tercero el derecho a cobrar una deuda existente contra una sociedad. Así las cosas, llegado el momento de hacer valer esta sentencia favorable a favor del acreedor, es habitual que este derecho no se pueda realizar directamente debido a que la empresa deudora no tiene bienes con los que hacer frente.

¿Y que hace ahora el poseedor de ese título ejecutivo con derecho a cobro? ¿Podrá reclamar la deuda al órgano de administración?

La respuesta es “a veces sí”: y para ello tendrán que concurrir circunstancias como las que explico a continuación.

Nuestra regulación mercantil permite en algunos casos emprender acciones contra el órgano de administración, a fin de hacer efectivo el derecho de cobro que se ha obtenido. Se podrá buscar el cobro de la deuda reconocida por la sentencia con cargo a los bienes propiedad del órgano de administración, pero para ello se tiene que dar por ejemplo lo establecido en el artículo 363 (causas de disolución) de la LSC en su apartado e):

“Por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser que éste se aumente o se reduzca en la medida suficiente, y siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso.”

En este caso, la Ley de Sociedades de Capital establece que la empresa debe acordar su disolución, aumentar o reducir el capital social, a fin de reestablecer el equilibrio entre el patrimonio neto y capital social de la entidad.

Si el órgano de administración no adoptase la anterior medida en el plazo estipulado por la ley, tendrá que responder de manera solidaria de las deudas sociales que se origen posteriormente.

Por otro lado, puede suceder que con la falta de depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil se desconozca si la empresa está en situación de deber de disolución, no obstante, esto no implica una inmediata responsabilidad por parte del órgano de administración, tal y como establece el criterio mayoritario de los Tribunales españoles.

Finalmente hay que destacar, que la mera tenencia de una sentencia con derecho de cobro sobre una empresa no será suficiente para que el órgano de administración tenga que responder solidariamente, para ello el tercero tendrá que interponer una acción judicial contra el órgano de administración de la sociedad ante el Juzgado de lo Mercantil de la provincia donde tenga su domicilio social la empresa deudora.

Por ello, recomendamos a las empresas que ahora que es momento de formular sus cuentas anuales revisen la situación de la misma y seguidamente tomen las medidas que correspondan en su caso.

Joana Tremba

Abogada de MONLEX

jtremba@monlexabogados.es

Avatar Monlex Abogados Monlex Abogados MONLEX
Más sobre Economía
  • Monlex
  • Monlex Joana Tremba

Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta

Inicia sesión
Comentarios 0

Esta opinión no tiene comentarios.


Últimas notas de prensa

  • Garden Hotels incorpora a Vanessa Cursach
  • MarSenses inaugura Natura Olea, su segundo restaurante propio
  • MONLEX, entre los 10 mejores despachos boutique de España por segundo año consecutivo
  • Expedia TAAP lanza su campaña de Mayo 2025

Las noticias más leídas

  • El aeropuerto de Pamplona contará con cuatro nuevos destinos en 2026
  • Viajes del Imserso: recta final para presentar las ofertas
  • Iberia se desmarca de los viajes del Imserso tras una década con Mundiplan

Noticias destacadas

  • Marketing digital: aunar tecnología y contenido, más relevante que nunca
  • Boeing compra tuercas y tornillos para salvar la producción del 737 MAX
  • Viajes del Imserso: los precios por cada destino y estancia
  • El Imserso lanza la licitación de sus viajes: novedades y retrasos
  • Volotea refuerza su apuesta por Murcia con dos destinos

Acerca de comunidad

  • ¿Qué es Comunidad Hosteltur?
  • Términos de uso
  • Cómo publicar un artículo de opinión en Hosteltur
  • Cómo publicar notas de prensa en Hosteltur
Tarifas y productos para potenciar estrategias digitales

Hosteltur llega a más de 400.000 usuarios profesionales del sector turístico, a través de diferentes plataformas, brindando la mejor información y soluciones de marketing.

Ver tarifas y dossier

Hosteltur llega a más de 400.000 usuarios profesionales del sector turístico, a través de diferentes plataformas, brindando la mejor información y soluciones de marketing.

Conoce a nuestro equipo
Hosteltur

Noticias de turismo para profesionales.
Actualidad sobre hoteles, economía, agencias de viajes, aerolíneas y empresas de turismo

Diario 7456 17.05.2025 | 04:34

  • Quienes somos
  • Academy
  • Wikitur
  • Webinars
  • Revistas
  • Comunidad
  • Noticias más leídas
  • Hoteles y Alojamientos
  • Distribución
  • Economía
  • Transportes
  • Innovación
  • Edición Latam
  • Tarifas
  • Contacto
  • Linkedin
  • Twitter
  • Facebook
  • Instagram
  • Youtube
  • Tiktok
  • Bluesky
  • Telegram
  • Whatsapp
  • Rss
  • Nota legal
  • Política de privacidad
  • Cláusula informativa de usuario
  • Política de cookies
  • Panel cookies
Comentar Accede o Regístrate
¿Ya eres usuario? Inicia sesión

Puedes acceder a este sitio web, mediante las siguientes opciones:

Acceso Gratuito con Cookies:

Si prefieres acceder de manera gratuita, puedes hacerlo aceptando la instalación de cookies. Al pulsar "Aceptar y Continuar", consientes la instalación de cookies, incluyendo aquellas de nuestros socios, para análisis de comportamiento, personalización de contenido y publicidad. Esta opción permite financiar nuestra plataforma y mantener la gratuidad del acceso.

Navegación Personalizada (Socios Premium):

Opta por una experiencia libre de cookies mediante nuestra opción “Hacerse socio Premium”. Siendo socio, tendrás acceso completo al contenido sin comprometer tu privacidad. Solo se instalarán las cookies estrictamente necesarias para la funcionalidad del sitio, por otra parte, nuestros suscriptores tendrán la opción de gestionar el consentimiento sobre la instalación del resto de cookies iniciando sesión en su cuenta.

Si ya eres socio Premium, puedes acceder al sitio y al contenido exclusivo iniciando sesión en tu cuenta. En este escenario, puedes configurar tus preferencias de cookies a través de configuración de cookies después de iniciar sesión.

Rechazar y suscribirse

Usted permite:

Medir el rendimiento del contenido (Google Analytics, Google Tag Manager, Linkedin Insight Tag y Meta Insights API)

Medir el rendimiento de los anunciantes (ADARA Analytics)

Puedes obtener más información en nuestra política de cookies o retirar tu consentimiento, en cualquier momento haciendo clic en configuración de cookies.