MUNDIPLAN IMSERSO/MARINA D'OR/TAP PORTUGAL /RYANAIR BOEING /CALENDARIO LABORAL 2024/A321XLR/SERCOTEL/DUBROVNIK MALETAS/LEY DE LA VIVIENDA CANARIAS/CASTILLA Y LEÓN EXCELENTE /TURISMO SOSTENIBLE
Última Hora Turismo Diario 6949 30.09.2023 | 10:52
  • España
  • Tarifas
  • Acceso / Registro
  • Hazte premium
Hosteltur, noticias de turismo para profesionales. Actualidad sobre hoteles, economía, agencias de viajes, aerolíneas y empresas de turismo. Acceso Premium
Academy
  • Hoteles y Alojamientos
  • Distribución
  • Economía
  • Transportes
  • Hosteltur Destinos
Hemeroteca
Hosteltur: Noticias de turismo Acceso Premium
Por Monlex Abogados, en Economía

El trabajo es un bien de primera necesidad

17 julio, 2023 (12:17:59)
Imagen opinión Hosteltur

Hace unos días el Tribunal Supremo publicó una nota de prensa de la que se ha hecho eco una gran parte de los principales medios de comunicación.

En una reciente sentencia, que aún no ha sido publicada, el Tribunal Supremo ha confirmado el contenido de la Sentencia 215/2021 de 17 de septiembre de la Sección II de la Audiencia Provincial de Álava.

En ella se enjuiciaba a una persona que había constituido una cooperativa de transporte durante el año 2010, es decir, durante los momentos más duros de la crisis económica. Aprovechándose del alto nivel de paro y la situación personal de muchas personas, el acusado les prometía un alto nivel de ingresos mensuales con la ejecución de trabajos de transporte y a algunos les solicitaba una aportación inicial. En palabras de algunos testigos, que quedaron recogidas en la Sentencia de la Audiencia, el acusado " a cada uno de los transportistas les prometía un alto nivel de ingresos mensuales, pero luego buscaba mil excusas para no abonar tales cantidades, aunque el trabajo ya se había hecho"

Esta actuación fue considerada por la Audiencia Provincial y, ahora por el Tribunal Supremo, como un delito de estafa definido como cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno. Este delito, puede verse agravado en el caso de que la estafa recaiga en bienes de primera necesidad.

Pues bien, el Tribunal Supremo ha establecido que el "trabajo" es un "bien de primera necesidad", de forma que un engaño que recae sobre la "búsqueda de empleo por parte de una persona respecto de otra (...), supone una agravación de la responsabilidad por el mayor reproche penal que se enraíza en las circunstancias del problema de empleo que tienen muchos ciudadanos, y cuyo aprovechamiento por los autores de una estafa relacionada con este concepto implica una mayor perversidad basada en lo que constituye un bien de primera necesidad como es el empleo."

Por lo tanto, el Tribunal Supremo ha establecido que, al menos, en lo que se refiere a la agravante de una estafa "el trabajo es un bien de primera necesidad".

Toni Mut

Abogado de MONLEX

amut@monlexabogados.es

Avatar Monlex Abogados Monlex Abogados Asesor MONLEX
Más sobre Economía
  • Monlex

Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta

Inicia sesión
Comentarios 0

Esta opinión no tiene comentarios.


Últimas notas de prensa

  • La Gran Canaria Adventure Weekend seduce al público internacional
  • Apertura convocatoria Premio Hermestur XXIV
  • Premis del Turisme de les Illes Balears 2023
  • Ávoris profundiza en su apuesta por la sostenibilidad con su adhesión a Green & Human

Últimos comentarios en opinión

  • María Condo La demanda turística de enero a mayo de 2023 respecto a 2019
  • arturo crosby Los grandes errores por los que la sostenibilidad turística todavía no funciona
  • Lourdes Maillo Las agencias de viaje y el impago de las reservas
  • María Condo Digitalización, sostenibilidad y talento, retos clave del sector

Últimas opiniones

  • Turismo de lujo
  • Huelva debe reivindicarse como destino único, de calidad y sin masificación
  • Con motivo del DMT 2023: situación actual y retos del sector en España

Acerca de comunidad

  • ¿Qué es Comunidad Hosteltur?
  • Términos de uso
  • Cómo publicar un artículo de opinión en Hosteltur
  • Cómo publicar notas de prensa en Hosteltur

Hazte Premium por sólo 0,17€/día y accede a todo nuestro contenido sin límites.

Hosteltur

Noticias de turismo para profesionales.
Actualidad sobre hoteles, economía, agencias de viajes, aerolíneas y empresas de turismo

  • Nota legal
  • Política de privacidad
  • Cláusula informativa de usuario
  • Política de cookies
  • Panel cookies
  • Edición Latam
  • Academy
  • Quienes somos
  • Contacto
  • Wikitur
  • Webinars
  • Guía MICE
  • Revistas
  • Comunidad
  • Tarifas
  • Hoteles y Alojamientos
  • Distribución
  • Economía
  • Transportes
  • Innovación
Comentar Accede o Regístrate

Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos y para mostrarte publicidad personalizada en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Clica AQUÍ para más información. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Aceptar” o configurarlas o rechazar su uso clicando en el botón “Configuración”.

¿Para qué finalidades se utiliza mi información y quiénes la utilizan?

Este Sitio Web utiliza cookies propias y de otras entidades, para poder acceder y usar su información para las finalidades que se indican a continuación. Si no está de acuerdo con alguna de estas finalidades, podrá personalizar sus opciones a través de esta pantalla.

Usted permite el uso de las cookies para las siguientes finalidades:

Medir el rendimiento del contenido (GOOGLE ANALYTICS, GOOGLE TAG MANAGER y Linkedin Insight Tag)

Medir el rendimiento de los anunciantes (ADARA Analytics)