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El reglamento de Turismo de La Rioja, que regula el sector en una sola norma, ha sido aprobado

11 octubre, 2003

El Consejo de Gobierno riojano ha aprobado el reglamento de Turismo de La Rioja, que permite regular todo el sector en una sola norma, según ha avanzado su portavoz y consejero de presidencia, Emilio del Río, a los medios de comunicación. Del Río, en una rueda informativa posterior al Consejo de Gobierno, añadió que esta unidad permitirá dar una mejor respuesta a profesionales y visitantes y vertebrar una oferta con identidad propia en la región. Este reglamento, que desarrolla la Ley 2/2001 de Turismo de La Rioja, adapta toda la legislación existente a las nuevas tendencias de la oferta y la demanda turística y, por primera vez, regula diversos servicios que hasta ahora dependían de la normativa estatal, en ocasiones obsoleta, como es el caso de los apartamentos, campamentos y albergues turísticos. El reglamento se estructura en un título preliminar y nueve títulos, que engloban 273 artículos, y dispone de quince disposiciones transitorias, cuatro adicionales, una derogatoria y una final, junto con un anexo de las placas identificativas de los diferentes establecimientos. Emilio del Río, quien dijo que el reglamento fue aprobado por unanimidad en el Consejo Regional de Turismo, insistió en que esta única norma permite establecer unas reglas claras para el propio sector turístico y para los usuarios. El título preliminar del reglamento fija que la prestación de servicios turísticos es libre, sin más requisito que la autorización previa de la Consejería; mientras que el primero regula los alojamientos turísticos, especifica las características de los establecimientos hoteleros en hoteles, hostales y pensiones; apartamentos turísticos, campamentos de turismo, casas rurales y albergues turísticos. Los hoteles se clasifican en cinco apartados según sus condiciones: hoteles-apartamento, moteles, hoteles balnearios, hoteles familiares y hospederías y los campamentos de turismo, que se dividen en las categorías de lujo, primera y segunda, deberán respetar una serie de condiciones en lo referente a emplazamiento y aspectos medioambientales. Respecto a las casas rurales, la Consejería de Turismo podrá clasificar por categorías este servicio y se flexibilizan algunas disposiciones, como las dimensiones o la posibilidad de dar comidas y cenas a los clientes. El reglamento permite que, por primera vez, se regulen los albergues turísticos como modalidad diferenciada de los albergues juveniles y los turísticos, de categoría única, ofrecerán la práctica de actividades deportivas o de naturaleza y en su regulación se tienen en cuenta criterios de seguridad, calidad y accesibilidad. El título segundo establece la actividad de agencias de viaje y centrales de reservas y el tercero delimita la actividad de restauración, y, entre otras medidas, suprime la categoría de hasta cuatro tenedores, contempla la especialidad de restaurante en bodega y fija requisitos de accesibilidad. El título cuarto regula de forma integral el sistema de información turística y la Red de Oficinas de Turismo de La Rioja para que las instituciones y asociaciones que prestan el servicio de información cuenten con criterios de actuación comunes y transmitan una imagen homogénea para los visitantes. El reglamento, en su título quinto, se ocupa de las actividades turísticas complementarias, como las de turismo activo; en el sexto, regula las profesiones turísticas; en el séptimo, establece el registro de proveedores de servicios turísticos; en el octavo, se alude a las fiestas de interés turístico; y, en el noveno, se definen los fines de las Asociaciones para el desarrollo turístico. Emilio del Río precisó que, para que las empresas del sector turístico se adapten al nuevo reglamento, se establecen situaciones transitorias según las actividades o servicios que presten e, incluso, existe la posibilidad de que se conceda una dispensa para los casos en que sea imposible la adaptación por la estructura de los edificios donde se desarrolle la actividad. (HOSTELTUR)(redacción@hosteltur.com) 

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