Con el fin de dotarle de seguridad es impulsar esta actividad

El Gobierno regula el turismo marinero

El Consejo de Ministros aprobó también ayer un decreto para el sector de la náutica de recreo

Publicada 06/04/19 -Actualizada 30/04/19 02:04h
El Gobierno regula el turismo marinero
  • El buque deberá estar dado de alta en el Registro General de la Flota Pesquera del Ministerio y contar con un informe favorable de Fomento
  • El Ministerio de Agricultura considera que el turismo marinero garantiza la contribución a la sostenibilidad medioambiental y económica
  • Además, el Ejecutivo ha actualizado la normativa sobre titulaciones náuticas para llevar embarcaciones de recreo

El Consejo de Ministros aprobó ayer el real decreto que regula e impulsa el turismo marinero a bordo de los buques pesqueros para las personas que deseen contemplar el desarrollo habitual de los trabajos de la pesca. Su objetivo es regular el desarrollo de la actividad de conformidad con unas medidas que proporcionen la adecuada seguridad y habitabilidad a los participantes.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha explicado que la normativa establece las condiciones de complementariedad y compatibilidad de las actividades pesqueras y el turismo.

Además, considera que el turismo marinero garantiza la contribución a la sostenibilidad medioambiental, económica y social a largo plazo mediante la introducción de medidas de diversificación que ligan la población al territorio, aportando una mejora en sus rentas y sirviendo también para la promoción y la valorización de su trabajo.

Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de ayer.

Para la práctica de esta actividad, el buque deberá estar dado de alta en el Registro General de la Flota Pesquera del Ministerio y contar con el previo informe favorable del Ministerio de Fomento, relativo a las condiciones de seguridad marítima, de la navegación, de la vida humana en el mar y de la prevención de la contaminación.

Deberá disponer además del seguro de responsabilidad civil en vigor u otra garantía financiera equivalente.

Una vez obtenido el informe favorable de la Capitanía Marítima y cuando así esté previsto en la normativa de la comunidad autónoma donde radique el puerto base del buque, será necesario contar con el título habilitante para el acceso a la actividad de pesca-turismo

La realización de esta actividad será compatible con la actividad pesquera para la que el buque esté autorizado, y se llevará a cabo de acuerdo con las condiciones establecidas en la normativa aplicable en lo relativo a las épocas, horarios, límites de capturas, artes de pesca, vedas, zonas autorizadas y cualquier otra condición, incluyendo las titulaciones necesarias para su ejercicio.

La normativa establece que los turistas no podrán ejercer la actividad pesquera

Corresponde a las administraciones pesqueras competentes el seguimiento y control de la actividad y al Ministerio de Fomento el seguimiento y control de las condiciones de seguridad y habitabilidad.

El Ministerio de Agricultura sostiene que el real decreto da respuesta a una demanda del sector, enmarcada dentro de los objetivos de la Política Pesquera Común.

De hecho, es un proyecto en el que se viene trabajando desde hace tiempo, como publicó HOSTELTUR noticias de turismo El proyecto de pesca-turismo pasará por el Senado

Turismo náutico

Por otro lado, el Gobierno aprobó también ayer un decreto para el sector de la náutica de recreo. Actualiza la normativa sobre titulaciones náuticas para llevar embarcaciones de recreo y las medidas de seguridad de las motos náuticas, según informó el Ministerio de Fomento.

En el caso de las titulaciones náuticas, se amplían sus atribuciones y extenderán la capacitación de los titulados a nuevos campos, el transporte y suministros con destino a embarcaciones de recreo fondeadas en aguas interiores marítimas, realizar excursiones marítimas y pesca en embarcaciones de recreo.

Se introducen modificaciones en las condiciones de obtención de estas titulaciones, como cursos de especialización más acordes a la actividad que se realiza, la necesidad de realizar prácticas reglamentarias de navegación y la obligatoriedad de cursos de radiocomunicaciones.

Respecto a las motos náuticas, se actualizan las medidas de seguridad e incorporan los últimos avances experimentados en los equipos.

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